Tengo intenciones de abrir una web de pago, y gestionarla a través de CCBill, una empresa estadounidense que media entre los clientes y yo, y se encarga de hacer todas las operaciones de cobro. Ellos se quedan con el 16.5 % de lo que se facture al mes y el resto serán mis ganancias. Bien, dándome de alta en el RETA como empresario independiente debo declarar mis ganacias a Hacienda y pagar los impuestos correspondientes. Pero en vista de que no soy yo quien se encargará de cobrar a los clientes, sino CCBill, en principio yo no tendría porque pagar el IVA a Hacienda, y en todo caso, solo debería declarar el porcentaje correspondiente de mis ganancias. Me he curado en salud, y he hecho una carta a Hacienda explicando todo esto, la cual presenté el día 26 de abril. Al Sol de hoy, todavía no he recibido la respuesta a mi consulta. En base a mis argumentos, ¿debo pagar el IVA?. Si así fuese, entonces cuál es el proceso a seguir. ¿De donde saco el IVA de algo que no he facturado?
2006-08-29
03:29:57
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7 respuestas
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pregunta de
Heaven and Hell
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en
España