Es lo mismo un contrato de arras y un contrato privado de compraventa, pero de arras hay tres tipos:
Teniendo en cuenta la voluntad de las partes las arras pueden ser de tres tipos:
. Arras confirmatorias: Son las entregas a cuenta del precio de compraventa. Si una de las partes se echa atrás, la parte contraria puede exigir el cumplimiento del contrato o su resolución y la indemnización por lo daños y perjuicios ocasionados por el no cumplimiento (siempre justificados).
- Arras penitenciales: Si la parte que no cumple el contrato es el comprador y se echa atrás, perderá la señal entregada. Por el contrario si el que no cumple el contrato es el vendedor, quien no quiere vender, entonces está obligado a devolver el doble de lo entregado al comprador.
- Arras penales: Sirven de garantía del cumplimiento del contrato. En estos casos se pierde la cantidad entregada como señal, y la parte a quien se le han frustrado sus expectativas podrá pedir una indemnización por los daños causados, siempre que los pueda demostrar.
De la explicación se extrae que ha de tenerse en cuenta lo que las partes quieren pactar. Las arras penitenciales son las únicas que no obligan al cumplimiento del contrato, es decir a llevar a cabo la compraventa del inmueble, ya que son una mera multa, pero para que las arras se consideren de este tipo tienen que constar como tales específicamente en el documento que se firma. Si no se especifica el tipo de arras se entenderá que se habla de arras confirmatorias, y la cantidad entregada se descontará luego del precio de la compraventa, ya que se considera una entrega a cuenta.
2007-02-28 19:54:11
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answer #1
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answered by Marc 3
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En un contrato de arras, os comprometéis en el plazo de x tiempo a realizar la compraventa, dando un dinero el comprador al vendedor, en el caso que llegue a bien fin, ese dinero se descuenta del importe total de la compra. Si no llega a bien fin y es por culpa del vendedor, tiene que devolver el dinero mas el doble como indemnización (si das 6000 te devuelve 12000(6000 tuyo y 6000 de indemnización)) si la culpa es del comprador porque por ej no te conceden la hipoteca, se queda con el dinero.
En el caso de compraventa ya efectuáis directamente la compra (es un hecho no os comprometéis), se da un importe y en el momento de elevarlo a publico lo demás; con este contrato os obligáis las partes a cumplir con la compraventa, así si el vendedor o comprador no quiere o no puede, tendrá que hacerlo de todas formas si la otra parte lo exige (también se pueden resolver el contrato).
En definitiva, que el contrato de compraventa obliga a las partes y el de arras os comprometéis.
Espero haberme explicado bien y que te sirva de ayuda!
2007-02-28 13:28:18
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answer #2
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answered by M Jose 2
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el arras es un contrato preparatorio o un compromiso de contratar mientras que la compraventa es la transferencia en si, el arras por lo general es un depósito de dinero que si no se llegara a contratar finalmente la compraventa queda en calidad de penalidad a la parte perjudicada
2007-02-28 12:49:51
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answer #3
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answered by Lolapop 5
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la gente suele confundir arras (penitenciales, generalmente) y señal ( y parte del pago, generalmente también) . No es exactamente lo mismo... y se le puede sacar algún dinerillo al asunto.
2007-02-28 14:22:53
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answer #4
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answered by Anonymous
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