Por supuesto que se hereda.....pero el heredero carga también con el pago de la hipoteca o en su defecto y no pago, el banco demanda al heredero.
SALUDOS.
2007-02-28 03:06:41
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answer #1
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answered by KAISER HARO 5
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Cuando tenes un credito hipotecario, el valor de la cuota incluye un seguro de vida. Si el titular de la hipoteca fallece, el seguro de vida cancela la hipoteca y el bien se hereda. Hay veces en que el valor contratado del seguro de vida no alcanza a cubrir la totalidad de la hipoteca entonces en esos casos se vende el bien se cubre la diferencia y el resto del dinero pasa a sus herederos.
2007-02-28 11:16:45
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answer #2
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answered by Anonymous
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cuando se adquiere un crèdito hipotecario generalmente la instituciòn que lo otorga exige un seguro tanto de vida como de daños del inmueble y el costo està incluido en las mensualidades, (estos seguros solo cubren la deuda con el banco) y generalmente se indica a quien se quedarà el inmueble, por eso es importante checar el contrato. En caso de que no exista el seguro es conveniente contratar uno, hay muy buenas coberturas al respecto. Efectivamente el depto. es garantìa para el caso dee que no se pague y en este caso se realiza otro tipo de proceso legal. Checa el contrato o con el banco contratante lo de los seguros, porque en caso de incendio el deudor se queda sin nada y el banco tambièn.
2007-02-28 11:13:19
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answer #3
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answered by mariposa 3
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Si estas al corriente de pago el seguro se hace cargo de la deuda y el bien pasa a ser propiedad del heredero si existe testamento o a la sucesión testamentaria en el orden que establece la ley
2007-03-04 01:34:22
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answer #4
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answered by Irene 4
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Cuando se realiza una transacción crediticia lo recomendable es que se incluya un seguro de vida, sobre todo si el crédito es por algún bien o propiedad, de esta manera el deudor puede poner algún beneficiario que herede el bien en caso de muerte. Si no es así, lo mas seguro que cualquier pariente o persona relacionada contigo que desee mantener la propiedad se tendría que ver involucrada en asuntos y trámites legales para asumir la responsabilidad y quedarse con el bien.
2007-03-01 11:10:10
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answer #5
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answered by KNARF267 1
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Normalmente los creditos bancarios incluyen en su clausulado un seguro de vida y perdida total o parcial del inmueble, debes revisar el contrato para saberlo. Si el crédito bancario está siendo pagado al corriente a la fecha de la muerte del acreditado, puede ser tramitado por los familiares el seguro para que se tenga por pagado el bien y luego de ello, disponer conforme a derecho del mismo tramitando un juicio testamentario o intestado ante los juzgados civiles correspondientes de la entidad para que los herederos puedan disponer de él.
Si no hay seguro de vida, puede seguir siendo pagado por los herederos (mes a mes) y obtener los derechos reales del mismo en su momento, liberada que sea la hipoteca.
Si hay seguro pero el acreditado fue moroso, tampoco se recibieron las aportaciones al pago del seguro y el mismo dejó de tener vigencia, así no podrá ser cobrado.
Si no hay seguro y fue moroso, el banco que otorgó el crédito solo podrá disponer del bien (o su precio) por medio del tramite judicial del vencimiento anticipado del crédito, requerimiento de pago y remate del bien en pública almoneda, para djudicarselo él o venderlo judicialmente a tercera persona.
2007-02-28 18:25:18
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answer #6
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answered by kikabon 2
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En el momento que adquieres una vivienda con crédito hipotecario, adquieres también un seguro de vida, el cual debes revisar minuciosamente y revisar el tipo de cobertura y dependiendo la causa de la muerte, puede ser que tu deuda se condone y el bien inmueble se quede al beneficiario que tú elegiste en el seguro. Ojalá vivas muchos años!!!!!!
2007-02-28 17:02:14
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answer #7
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answered by Anonymous
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Depende de los terminos del contrato, puede decir q si muere la persona la deuda se salda o no contener esta clausula, tendrias q chekar el contrato, no hay de otra.
2007-02-28 11:28:53
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answer #8
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answered by Anonymous
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Generalmente los bancos te exigen un seguro que en caso de muerte del titular del crédito cubre el saldo que resta por cancelar. Respecto de la herencia lo que se hereda siempre, aunque no sea tomado en cuenta, es todo; lo que quiero decir es que se hereda tanto los bienes como las deudas.
2007-02-28 11:25:56
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answer #9
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answered by mma 1
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Bueno al parecer tiene un seguro y este te protege y cuando mueres pasa alguno de tus familiares, es por eso que hay acreditado que es la persona que adquiere la propiedad, coacreditados o deudores sustitutos son las personas que dejas como herederos o beneficiarios. Aunque en cada estado es diferente el manejo de escrituras y creditos.
2007-02-28 11:24:06
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answer #10
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answered by lx_andy_lx 3
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para una respuesta concreta seria necesario revisar el contrato que firmo, en un momento dado las opciones a tu respuesta podrian ser varias una que el banco saca el bien a remate publico , y una vez rematado tu banco tiene la obligacion de retribuir lo que ya se habia pagado de la deuda, puesto que a el le lliquidaron al comprar el departamento en el remate, otra es que puedas redactar otro contrato donde tu o el posible beneficiario que se nombrara en el primer contrato de quien fallecio, se comprometa a realizar los pagos es decir adquirir la deuda, esto depende desde luego de la legislacion de tu pais, estado, otra puede ser que el contrato mencionara que al morir el contratante en ciertas circunstancias se finiquita el adeudo, etc, son cuestiones diversas que podrian presentarse, si necesitas asesoria juridica gratuita, puedes acudir a los servicios sociales de las diferentes universidades en tu Estado para una mayor orientacion.
2007-02-28 11:22:54
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answer #11
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answered by gutierritos 2
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