En mi provincia, La Pampa, funcionarios corruptos quedan en libertad.
LA CAMARA DE PICO HIZO CAER LA ASOCIACION ILICITA Y, POR LO TANTO, CARDOSO Y LABEGORRA NO SERAN DETENIDAS
Los cinco presos quedaron en libertad
Los jueces, como se sospechaba, concedieron las excarcelaciones de Alvarez, Hidalgo, Samper, Teves y Alonso en la causa de los viajes "fantasmas". Ellos y las dos diputados del PJ irán a juicio por peculado.
REDACCION
La Cámara en lo Criminal de General Pico hizo lo que se esperaba: dijo que no hubo asociación ilícita entre los siete imputados de los viajes "fantasmas", otorgó las excarcelaciones de los cinco detenidos -estuvieron presos 29 días- y sólo confirmó los procesamientos por peculado, el menor de los delitos que les había adjudicado, prima facie, el juez de instrucción de Santa Rosa, Jorge Luis Howe. Por eso la resolución de ayer de los camaristas Tomás Esteban Mustapich, Alfredo Alonso y la subrogante Silvia Dahir fue calificada, en ámbitos políticos, como "Operación Feliz Nochebuena".
La novedad se conoció oficialmente pasado el mediodía en General Pico -a través del fiscal de la Cámara, Carlos Salinas- y se concretó alrededor de las 15. A esa hora quedaron libres el ex ministro de Bienestar Social, Santiago "Patucho" Alvarez; la coordinadora de la Subsecretaría de Turismo y ex director provincial de la Familia y el Menor, María Cristina Hidalgo; el ex subsecretario de Coordinación del Ministerio de Bienestar Social, Sergio Samper; el ex jefe de despacho de la Subsecretaría de Promoción y Asistencia a la Comunidad, Nelson Teves, y el dueño de la agencia de turismo Swiss Travel, Luis "Popo" Alonso.
Pero anexamente la resolución benefició a las diputadas justicialistas Marta Elena Cardoso, ex ministra de Bienestar Social, y Elsa Labegorra, ex subsecretaria de Promoción y Asistencia a la Comunidad, porque si la Cámara hubiera ratificado la asociación ilícita, ambas no podrían haber eludido más tiempo el pedido de desafuero de Howe y, por lo tanto, hubiesen sido detenidas.
El expediente de los viajes "fantasmas" se abrió como una derivación de otra causa que tiene Howe en el Juzgado de Instrucción 6, la del enriquecimiento ilícito de Patucho. El juez procesó por asociación ilícita y peculado a Cardoso, Labegorra, Alvarez, Hidalgo, Samper y Alonso, y a Teves por asociación ilícita, usurpación de autoridad y defraudación agravada contra la administración pública. Consideró que los 73 traslados que el Ministerio de Bienestar Social contrató en forma directa con Swiss Travel, entre 1998 y 2002, no se hicieron. Los viajes aparecían destinados a niños, ancianos y discapacitados, beneficiarios del programa social Pro-Vida e involucrarían un monto de entre 50.000 y 60.000 pesos-dólares.
Hechos independientes.
Si bien la Cámara dijo que no hubo asociación ilícita -delito por el que se dictaron las detenciones, ya que no es excarcelable-, confirmó que cada peculado se trató de un hecho independiente. De esa manera acordó con Howe y descartó la opinión de Salinas, quien había manifestado que los peculados debían tomarse como un delito continuado. Así, Alonso será juzgado por 73 peculados, Labegorra por 64, Hidalgo por 17, Cardoso por 9, Samper por 4 y Alvarez por 3.
Mustapich, Alonso y Dahir también desoyeron el pedido del fiscal Salinas de que Alvarez, Samper y Teves tenían que quedar libres; pero Alonso e Hidalgo no.
La resolución y el expediente fueron despachados a las 13, desde Pico, a través de un vehículo oficial. Poco después de las 14 los presos fueron trasladados -esposados- al Palacio de Tribunales, donde Howe les notificó que quedarían en libertad.
En ese momento, Alvarez volvió a la Seccional Quinta de Toay, Alonso y Teves a la Tercera, Hidalgo a la Sexta y Samper a la comisaría de Winifreda para ser revisados por un médico. Luego de ese trámite, se fueron a sus casas.
Otra consecuencia directa del dictamen fue que la Cámara de Diputados no tendrá necesidad de volver a sesionar para tratar los pedidos de desafuero de Cardoso y Labegorra. La revocatoria de la asociación ilícita implica directamente que el requerimiento de Howe haya quedado en la nada.
Varias razones.
Para que el peculado se cometa no es necesario que el funcionario público se lleve dinero del Estado a su bolsillo, sino que lo desvíe a algún lugar donde esos fondos públicos no puedan ser controlados.
Howe, cuando el 22 de noviembre, procesó por ese delito a Cardoso, Labegorra, Alvarez y compañía dijo que los funcionarios tenían "pleno conocimiento" de los incumplimientos de Alonso, quien no posee vehículos de transporte.
El delito de peculado no es tan leve como parece. Porque además de la condena a prisión o reclusión de 2 a 10 años, el artículo 261 del Código Penal prevé la inhabilitación absoluta perpetua. En este caso, si los imputados fueran condenados por peculado, la inhabilitación recaería sobre los funcionarios (Cardoso, Labegorra, Alvarez, Hidalgo y Samper), pero no sobre Alonso.
La figura de peculado es similar a la de defraudación o sustracción de caudales, con la única diferencia que sólo se aplica a los funcionarios públicos que "sustrajeren caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia les haya sido confiada por razón de sus cargos". ¿Por qué entonces el juez de instrucción Howe y ahora la Cámara de Pico se lo aplicó también a Alonso, que no es funcionario público?
Howe había expresado hace un mes que un particular puede ser alcanzado por el peculado "cuando el funcionario se vale del particular para perpetrar el delito". En este caso específico tuvo en cuenta que "los funcionarios públicos actuaban con Alonso en forma mediata y éste prestaba a su vez auxilio, sin el cual el delito no se habría configurado". La Cámara confirmó ayer esos argumentos.
¿Qué podría significar una eventual inhabilitación absoluta perpetua para los funcionarios? Graves privaciones, que están descriptas en el artículo 19 del Código Penal. A saber: 1) privación del empleo o cargo público que ejercía el penado, aunque provenga de elección popular; 2) privación del derecho electoral; 3) incapacidad para obtener cargos, empleos y comisiones públicas; y 4) suspensión del goce de toda jubilación, pensión o retiro.
Por eso una condena le impediría a Cardoso, Labegorra, Alvarez, Hidalgo y Samper seguir trabajando en el Estado, votar en las elecciones y cobrar los haberes jubilatorios. Demasiado para cinco personas que toda, o gran parte de sus vidas, vivieron del Estado.
¿Cómo sigue la causa? Los siete imputados irán a juicio oral y público en la Cámara en lo Criminal 1, que está compuesta por los jueces Carlos Novaretto, Hugo Díaz y Arturo Tito Fresco. Lo que no sabe es cuándo será el juicio. Puede ser dentro de cuatro meses, un año o dos.
Justicia ????????
Un abrazo y FELIZ 2007.
2006-12-22 06:33:31
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answer #2
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answered by peñi 3
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