LAS LEYES 24476 Y 25994 APROBADAS POR EL CONGRESO ARGENTINO, PERMITEN A MUJERES QUE ALCANZARON LOS 60 AÑOS DE EDAD Y HOMBRES LOS 65, ACCEDER AL BENEFICIO DE LA JUBILACIÓN. ESTO, AFIRMA LA LEY, ES INDEPENDIENTE DE LOS APORTES QUE HAYAN REALIZADO O NO Y RESPONDE AL HECHO DE QUE EN LA DECADA DEL ’90 MUCHAS PERSONAS CONTINUARON TRABAJANDO PERO DEJARON DE APORTAR A ANSES *.
ESTAS LEYES QUE YA VIENEN SIENDO APLICADAS, ESTABLECEN QUE LOS ARGENTINOS, NO IMPORTA SU LUGAR DE RESIDENCIA, PUEDEN JUBILARSE UNA VEZ QUE PAGUEN LA DEUDA DE APORTES.
EL PAGO DE ESTOS APORTES SE EFECTUARA EN 60 CUOTAS MENSUALES CONSECUTIVAS, IGUALES Y SIN INTERES.
EL INTERESADO NO SACA DINERO DE SU BOLSILLO,
PORQUE LAS CUOTAS SE LE DESCUENTAN AL IMPLICADO DE LA JUBILACION QUE LE CORRESPONDE POR LEY.
LA LEY EXIGE QUE EL CANDIDATO A LA JUBILACIÓN PAGUE AL CONTADO SOLAMENTE LA PRIMERA CUOTA DE LAS 60.
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LAS 59 CUOTAS RESTANTES, –COMO SE EXPLICA MAS ARRIBA, SE DESCUENTAN DEL MONTO DE LA JUBILACIÓN.
Que opinan?
2007-01-14
22:47:56
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12 respuestas
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pregunta de
abibelzer
4
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Otros - Política y gobierno