comentalo urgente con un abogado laboralista.o acude a un sindicato.
2007-03-25 23:28:48
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answer #1
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answered by elenigmadeotromundo 5
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Dudo que quiera pedir la quiebra por no pagar una indemnización, pero de todas formas aunque la pidiera cuando liquidase sus bienes tu serias la primera en cobrar
Salu2
2007-03-26 07:03:12
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answer #2
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answered by Marc 3
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En España una empreso declarada en quiebra se liquida y el resultante se aplica en el pago de las deudas de la sociedad todo lo que el total permita.
Como los primeros en cobrar son los empleados por ley, tu amiga tiene muchas posibilidades de cobrar, pero no hay que olvidar que si esta de baja, a partir de (creo que el primer mes) el encargado de pagar es el estado español mientras dure la baja.
2007-03-26 06:53:12
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answer #3
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answered by jose g 3
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Depende del pais y la legislacion.
En algunos..si la empresa se declara en quiebra, al liquidar, tu amiga COBRARA preferentemente. ..
y por supuesto... consulta a un abogado..
2007-03-26 06:45:32
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answer #4
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answered by Amigo Cibernetico 1
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¡Lo mejor es que acuda a un Sindicato y la informen. Ellos lo harán mejor que nadie!
De todas maneras:
Características de la quiebra
Tradicionalmente se define la quiebra como la situación en la cual el pasivo exigible es superior a su activo, momento en el cual, no se pueden hacer frente a todos los pagos.
Para poder aplicar esta definición debemos llevar contabilidad, y muchas empresas, incluso obligadas a ello, no la llevan.
La anterior definición parte de una foto estática de la actividad, pero el ser humano es dinámico, y si las previsiones de ingresos, o los beneficios previstos son superiores a todos los gastos, no estamos en una situación de quiebra. Por esta causa algunos autores agregan a la definición las características de permanente e insalvable.
Otras figuras
La figura próxima a la quiebra, por antonomasia, es la suspensión de pagos. En la práctica, muchas suspensiones de pagos que enran en los juzgados terminan el procedimeinto como quiebras.
La suspensión de pagos es la imposibilidad temporal de pagar con dinero, siendo el activo superior al pasivo (normalmente debido a deudas por cobrar).
Situación actual
Desde los criterios tradicionales de quiebra y supensión de pagos se ha evolucionado a otro más abstracto, pero eficiente. La diferencia entre una quiebra y una suspensión de pagos reside en la capacidad de seguir haciendo frente a las obligaciones mercantiles de un modo normal. A modo de ejemplo, una fábrica tiene un valor muy superior a todo el pasivo, pero el único modo de pagar las deudas en vender las máquinas y el solar; conclusión, para pagar hay que disolver, no es una supensión, es una quiebra. Otro ejemplo; se consigue hacer frente a los pagos mediante créditos que no podrán pagarse. Se está ocultando una situación de quiebra con una falsa apariencia de solvencia mediante un pago anormal de las obligaciones.
2007-03-26 06:34:14
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answer #5
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answered by Trastolillo 7
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si se declara en quibra tardara anos el caso...y aun asi si lo demanda por questiones de que el se quiere ir a la quiebra por no pagarle eso no funcionara.....
saludos y agarra un buen abogado
2007-03-26 06:33:43
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answer #6
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answered by Anonymous
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Nadie se declara en quiebra para no pagar a una sola persona. Seguramente el empresario tendrá problemas mayores que pagar el sueldo de tu amiga. Si se declara en quiebra, que haya pagado a tu amiga o no no tiene la menor importancia. No lo va a tener en cuenta. Te lo aseguro.
2007-03-26 06:30:26
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answer #7
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answered by Laio 5
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