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LO QUE NO ENTIENDO ES COMO ME LO NOTIFICAN AHORA DESPUES DE 14 AÑOS. CUANDO VENCIERON ESTOS RECIBOS DEVUELTOS. NI EL BANCO NI LA FINANCIERA ME PUSO EN AVISO DEL IMPAGO. LO QUE MÁS ME EXTRAÑA ES QUE LA ENTIDAD QUE SE ENCARGA ACTUALMENTE DE SU COBRO ME OFRECE UNA CONDONACIÓN DE PARTE DE LOS INTERESES POR SU LIQUIDACIÓN.

2007-03-24 23:36:05 · 7 respuestas · pregunta de majencio m 1 en Negocios y finanzas Créditos

7 respuestas

esos recibos ya han prescrito no tienes por que pagarlos

2007-03-24 23:41:02 · answer #1 · answered by kokiykoko 7 · 0 0

Majencio:
¿Reconoces esa deuda?. Si la reconoces, por qué no la has pagado o hecho abonos. También pudiste haber ido a visitar a tu Acreedor, a fin de tener un buen arreglo.
¿Reconoces la deuda y no deseas pagarla?. Casi todos los otorgantes de un Crédito, cuando éste vence, llevan a cabo su recuperación normalmente, (cobro extrajudicial, judicial, Etc.) y, mientras la deuda se esté cobrando en dicha forma, ningún Documento PRESCRIBE, pasen los años que pasen.
Enhorabuena.

2007-03-25 05:11:34 · answer #2 · answered by naranjos2006 6 · 0 0

Sobre lo que te dicen en las respuestas y que hay q aplicar la legislación local. Es natural que el q pretende cobrar demuestre que ha intentado hacerlo, sin conseguirlo. Si el impago es imputable a dejadez por el cobrador no creo q proceda el cobro de intereses. Si no sería muy fácil proceder por este procedimiento a incrementar los cobros. Yo quiero creer q es por culpa del cobrador por lo q no se han presentado al cobro por lo tanto no procede interés alguno eso si por el tipo de transacción o ley local la deuda no ha prescrito.

2007-03-25 01:23:43 · answer #3 · answered by J R 4 · 0 0

Las deudas impagadas no prescriben, te van a perseguir toda la vida, si la financiera inició una reclamación judicial cualquier dinero que te descubran te lo van a embargar, te condonan parte de los intereses porque prefieren llegar a un acuerdo amistoso y cobrar lo que puedan, ya que en 14 años el importe de la deuda se habrá quintuplicado.

2007-03-25 01:05:18 · answer #4 · answered by leola 7 · 0 0

En tu País debe existir una figura juridica llamada prescripción que te libera de las obligaciones contraida por el simple transcurso del tiempo sin que ello haya sido exigido en su momento. busca un abogado.

2007-03-24 23:47:58 · answer #5 · answered by Anonymous · 0 0

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2007-03-24 23:45:09 · answer #6 · answered by Trastolillo 7 · 0 0

creo que deberías informarte bien tengo entendido que des pues de cinco años algunos pagos no se pueden reclamar

2007-03-24 23:41:41 · answer #7 · answered by Mar S 3 · 0 0

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