Resulta que el pasado Agosto me casé por lo civil y con las prisas y demás se me olvidó reclamar los 15 días que corresponden por casarte. Ahora realizo una boda religiosa y me pregunto si puedo reclamarlos entendiendo que nos lo disfrute. Pongo de otra manera la pregunta., ¿por ley me deben conceder esos 15 días aunque los haya omitido o me puedo ir olvidando?.Gracias
2007-03-22
03:17:51
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6 respuestas
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pregunta de
RG
2
en
Negocios y finanzas
➔ Empleo
Es en España, y se da la singularidad que entre una boda y la otra cambie de empresa. Entre ambas no superan el año. Gracias por las respuestas
2007-03-22
04:06:24 ·
update #1