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Resulta que el pasado Agosto me casé por lo civil y con las prisas y demás se me olvidó reclamar los 15 días que corresponden por casarte. Ahora realizo una boda religiosa y me pregunto si puedo reclamarlos entendiendo que nos lo disfrute. Pongo de otra manera la pregunta., ¿por ley me deben conceder esos 15 días aunque los haya omitido o me puedo ir olvidando?.Gracias

2007-03-22 03:17:51 · 6 respuestas · pregunta de RG 2 en Negocios y finanzas Empleo

Es en España, y se da la singularidad que entre una boda y la otra cambie de empresa. Entre ambas no superan el año. Gracias por las respuestas

2007-03-22 04:06:24 · update #1

6 respuestas

yo soy estudiante de esto!!y según me dijieron cuando pasas al año siguiente si no as reclamado todo lo que tenias que reclamar no lo podras reclamar al año siguiente, lo siento pero es asi!!besos y mucha suerte y enorabuena por tu matrimonio.

2007-03-22 03:21:44 · answer #1 · answered by Anonymous · 0 1

A no ser que lu hubiertas advertido anteriormente, al pasar el año se pierden los derechos
Salu2

2007-03-25 22:06:55 · answer #2 · answered by Marc 3 · 0 0

En España, generalmente y si es dentro del año natural, si lo puedes reclamar, pero al acabar el año a no ser de que se hubiera pactado previamente con la empresa, pierdes las vacaciones y los dias de libre disposicion, que no pueden ser abonados.

2007-03-22 03:53:15 · answer #3 · answered by Juan Antonio L 2 · 0 0

es importante que digas en que pais vives....
en algunos paises NO EXISTE ESA LEY DE LOS 15 DIAS.
si me das tus datos completos te puedo ayudar.
ya que las leyes NO SON igueles en todos lados


ABOGADO

2007-03-22 03:25:48 · answer #4 · answered by Anonymous · 0 0

Si, los podes reclamar todavia...

2007-03-22 03:22:24 · answer #5 · answered by Anonymous · 0 1

si

2007-03-22 03:21:04 · answer #6 · answered by Anonymous · 0 5

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