No tendrías que pagarlo tu, sino es la retención que te haría en este caso el empleador, y tomando un subsidio del 100% de la empresa te sale un ISPT de $740.80 que te tendrían que retener, pero te vuelvo a comentar el subsidio de la empresa no se sabe por lo que esta cifra puede cambiar.
también, según la tabla del artículo 115 de la Ley del impuesto sobre la renta rebasas en el mes el límite para poder recibir este beneficio por lo que no se te puede aplicar.
Además tienes que tomar en cuenta que también te tienen que descontar lo de IMSS e INFONAVIT que corresponda.
Espero esta información te ayude
SUERTE!!!!
2007-03-18 14:25:14
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answer #1
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answered by Moreira Consultores 5
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Hola, la verdad con los datos que das es un poco dificil ayudarte, ya que para determinar el impuesto se necesitan más datos. Se necesita el desgloce de tus percepciones ya que hay cosas exentas y cosas que gravan. Eel bruto que ganas de 3,168 es cada cuando??
Suponiendo que esto fuera mensual si tienes derecho a CAS.
Ojala y pudieras dar más informació para ayudarte. Bye
2007-03-17 11:35:03
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answer #2
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answered by Aifos 1
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Efectivamente, la tarifa máxima por la que tendrías derecho al crédito al salario es de 7,382.34, de acuerdo a las tablas establecidas por el SAT para tal efecto. Debido a que tus ingresos acumulables para impuesto han superado dicho límite, has perdido el derecho de recibir el beneficio del crédito al salario. Recuerda que la base de tus impuestos es el salario nominal, no el neto despues de descuentos.
2007-03-17 03:30:12
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answer #3
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answered by miamartsmash 4
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Antes de contestar tu pregunta. hay dos cosas que tienes que saber: la primera, todos los asalariados estamos sujetos a "tres filtros" para que determinen nuestro impuesto que son: el impuesto, el subsidio y el credito al salario. Dependiendo del nivel salarial el credito al salario tiende a cero, así que ojo, no es que no tengas derecho, es que seguramente llegaste a ese nivel.
La segunda, los tres filtros no guardan una relación aritmetica en relacion al sueldo, esto es, si aumenta tu sueldo un 10% tu impuesto no aumenta un 10%, puede que aumente un 10.5%, un 11% etc.
Finalmente, si tu sueldo es de 3,168 bruto mensuales, definitivamente pide que revisen tu calculo porque bajo ninguna consideración el credito al salario sería de cero.
Sin embargo, si tu sueldo actual es de 3,168 brutos quincenales y tu sueldo anterior era menor por 350 quincenales, la variación en tu impuesto sería cercana al doble.
Saludos
2007-03-17 00:36:29
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answer #4
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answered by Miguel M 2
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Necesitaría saber cuánto es tu ingreso nominal, antes de impuesto (de preferencia mensual). Las tablas de ISPT las tengo en la oficina, con gusto te respondo una vez conocido el dato... pero hasta el martes ¿ok?
2007-03-17 00:19:31
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answer #5
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answered by Laurel 4
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