Si es en España solo comunican a las empresas, si te das de alta como trabajador para otra empresa, nunca en caso de que te des de alta como autónomo.
Ya que el que va a tener que pagar la seguridad social dos veces eres tu, una en el régimen general como trabajador y otra en el en el régimen de autónomos , además las bases de cotización son diferentes en cada régimen.
2007-03-14 11:06:34
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answer #1
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answered by Mapigalo 3
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No en un principio, pero si tu empresa se entera puede despedirte, alegando que estas poco atento en tu trabajo, con lo que el despido no seria improcedente. Te recomiendo que se lo digas a tu empresa, no suelen tener ningun problema mientras no afecte a tu rendimiento laboral.
2007-03-16 06:27:06
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answer #2
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answered by Iset-Nefer 4
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No. Eso a tu empresa no le afecta; sí a la Seguridad Social a efectos de cotizaciones... y a Hacienda.
2007-03-14 11:22:47
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answer #3
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answered by Jeschenská 3
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Si estás en relación de dependencia no podés ser autónomo, para esto último debes tramitar un nº de CUIT (para los que leen y no conocen las leyes de Argentina esas siglas significan clave única de identificación tributaria) y saltará en la AFIP (Admisnitración federal de impuestos),que tienes CUIL(clave única de identificación laboral..
2007-03-14 08:05:06
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answer #4
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answered by negro S 7
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SIEMPRE Y CUANDO TENGAS EL TIEMPO Y ENERGÍA PODES PERFECTAMENTE REALIZAR LOS DOS TRABAJOS. ES PERMITIDO TENER LOS TRABAJOS QUE UNO PUEDE HACER CON SUS HORAS DE VIDA.
2007-03-14 08:02:07
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answer #5
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answered by cipotesv 5
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