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Tengo comprobantes de compra (facturas) con fechas de fines de diciembre, pero tales facturas las pagué en enero del año siguiente.
¿En qué ejercicio fiscal debo deducirlas?
¿En el que fueron expedidas o en el que fueron pagadas?

2007-03-13 12:54:56 · 7 respuestas · pregunta de James 1 en Negocios y finanzas Impuestos México

De antemano, agradezco a todos los que se toman la molestia de responder... ¡Gracias!

Sobre esta pregunta debo comentar que, leyendo en la Ley del ISR el artículo 125 (Requisitos de las deducciones) Fracción I, segundo párrafo dice: "Cuando los pagos a que se refiere el párrafo anterior se efectúen con cheque, la decucción se efectuará EN EL EJERCICIO en que éste se cobre, siempre que LA FECHA CONSIGNADA EN LA DOCUMENTACIÓN comprobatoria que se haya expedido Y LA FECHA EN QUE EFECTIVAMENTE SE COBRE dicho cheque no hayan transcurrido más de cuatro meses".

Por esto, entiendo que:
1. Para deducirlo debo pagarlo en el ejercicio en el cual lo estoy deduciendo (Aquí, si la factura la pago en enero aunque tenga fecha de diciembre, DEBO DEDUCIRLA EN EL AÑO DEL PAGO).
2. Lo anterior no será válido si transcurren más de cuatro meses entre la fecha del documento y la fecha del cobro del cheque (Ej. La factura es del 15 de diciembre, pero el cheque se cobró el 20 de abril del año siguiente

2007-03-13 13:36:46 · update #1

NO SÉ SI LO ANTERIOR ESTÁ CORRECTO.

Sin embargo, más adelante en la Ley en comento, en el mismo artículo, pero ahora la fracción VII dice: "... Además, la fecha de expedición de la documentación comprobatoria de un gasto deducible DEBERÁ CORRESPONDER AL EJERCICIO POR EL QUE SE EFECTÚA LA DEDUCCIÓN".

De lo anterior entiendo -seguramente equivocadamente- que la fecha del comprobante (factura) debe de ser del mismo año en el que pretendo deducirla; es decir, NO PUEDO DEDUCIR UNA FACTURA DE DICIEMBRE EN EL SIGUIENTE EJERCICIO FISCAL, AUNQUE LA HAYA PAGADO EN ÉSTE.

Por todo lo aquí expuesto, estoy confundido. Agradeceré que me orienten al respecto.

2007-03-13 13:38:56 · update #2

7 respuestas

con respecto al iva, podras utilizarlos en el momento de pagarlas, con respecto a ISR, sera en el momento q`te dieron el servicio o recibiste los bienes....

2007-03-13 12:58:06 · answer #1 · answered by Snoopy Li 5 · 0 1

Estimado amigo:

Practicamente te daría la misma respueta que el Guru de..

sólo que dos apreciaciones adicionales:

si son personas morales sociedades civiles, asociaciones civiles, son deducibles hasta el momento del pago, independientemente de la fecha que traigan.

sin son personas morales del regimen simplificado, son deducibles hasta el momento del pago

2007-03-16 17:51:51 · answer #2 · answered by Miguel M 2 · 0 0

DEPENDE QUE SEAS... PERSONA MORAL O FISICA...

SI ERES PERSONA MORAL Y LA FACTURA LA EXPIDE UNA PERSONA MORAL
La deduces en Diciembre

SI ERES PERSONA MORAL Y LA FACTURA LA EXPIDE UNA PERSONA FISICA
La deduces hasta que se pague (esto es porque si bien es cierto hay una disposición que te habla de la fecha de los comprobantes hay una dipsosicioon superior que te dice que las deducciones que se hagan con personas físicas el requisito es que estén pagadas)

SI ERES PERSONA FISICA
Independientemente de la fecha del comprobante, se deduce hasta que este efectivamente pagada.

Saludos y suerte.

PD Lo anterior está corroborado por un criterio interno de las administraciónes de auditoria. Checalo con el fiscalista de tu confianza...
...

2007-03-16 17:02:37 · answer #3 · answered by Guru de Texcoco 2 · 0 0

DEDUCIBLES PARA ESE AÑO DIC ISR Y EL IVA PAGADO HASTA EL SIG AÑO

2007-03-16 10:18:02 · answer #4 · answered by profesional 1 · 0 0

Primeramente para el primer punto: Son deducibles cuando realmente se paguen y que en la fecha el cheque sea cobrado.
Como marca la Ley hay 2 puntos:
Para efectos Fiscales el pago, y en una sola exhibición.
Es deducible en el mes de enero
En el que fueron pagadas.
Espero que esta información te sirva.
Saludos y gracias por considerame tu amiga.

2007-03-13 13:54:44 · answer #5 · answered by Anonymous · 0 0

Son deducibles en el año en que fueron expedidas siempre y cuando compruebes que fueron pagadas antes de que presentes tu declaración anual (31 mzo personas morales o 30 de abril personas fisicas ) checa la LISR

2007-03-13 12:59:10 · answer #6 · answered by Anonymous · 0 0

se provisiona en diciembre el gasto y lo deduces en el pago

2007-03-13 12:58:57 · answer #7 · answered by verozaragoza 3 · 0 0

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