Ventajas: cobras antes. Desventajas: no le veo ninguna. Si te sale a pagar y no estás obligado a declarar no la entregas y ya está, no pasa nada.
2007-03-06 18:28:52
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answer #1
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answered by z30srv 5
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1º.- Si la echas y te sale a pagar como dices, no estando obligado a efectuarla tranquilo que no te haran pagar.
2º.- En caso de devolución te abonaran el importe que ellos calculen, pero te aconsejo que te esperes a hacerla al mes de mayo, junio y la hagas por tu cuenta asi estaras seguro que la devolución que te hagan coincide con los calculos que tu hayas hecho previamente.
3º.- Si te hacen la rápida ya no puedes hacer la declaración normal y por tanto si en la renta te devolvieran un dinero que luego tu pudieras demostras que tiene que ser más, no puedes hacer otra renta, necesitas presentar un recurso, trámites que son un poco mas complicados.
4º.- Yo solicitaria un borrador y los datos fiscales, los repasaria y en base a ello presentaria un renta normal a partir del mes de mayo.
Pueden pedir la devolución rápida los contribuyentes que no están obligados a presentar la Declaración de la Renta. Estos son aquellos cuyos rendimientos íntegros del trabajo no superen los 22.000 euros anuales si proceden de un solo pagador o si proceden de varios cuando la suma del segundo y sucesivos no supere los 1.000 euros.
Además, para poder pedir la devolución rápida, los rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención no pueden superar los 1.600 euros anuales; y los rendimientos de Letras del Tesoro, rentas inmobiliarias imputadas procedentes de un único inmueble y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o precio tasado no pueden superar el límite conjunto de 1.000 euros anuales.
2007-03-07 03:32:14
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answer #2
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answered by Marc 3
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Te diré una cosa amplia un poco tu pregunta por que esta un poco enredada, podrías hacer ese favor,por que hay muchas declaraciones rápidas, pero tu mismo tienes echo un traba lengua, disculpa mi sinceridad.
2007-03-07 02:56:29
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answer #3
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answered by yeya 3
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Este es un artículo sobre la declaración rápida, que supongo que podrá resolver más dudas sobre este tema. Ventaja clara es el cobro rápido. Deberías probar primero si te sale a pagar y si es así hacerla, sino no, puedes preguntar a hacienda si es posible que te lo tramiten ellos. Me aconsejo un profesor de un módulo de administración y finanzas que hice, que me esperara siempre al borrador, porque allí te aparece la información que ellos tienen, y ves si tienes que pagar o no, y tú decides si la haces, pero el borrador tienes que solicitarlo, sino no lo envian.
http://www.ideal.es/granada/prensa/20070228/local_granada/hacienda-espera-contribuyentes-soliciten_20070228.html
2007-03-07 02:47:44
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answer #4
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answered by Raquel B 3
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si te sale a pagar, no tienes que hacerla, recuerda que sigues sin estar obligado por no llegar al importe mínimo exigido.
pide el borrador o haz una simulación en la web de hacienda y, si te tienen que devolver, mira si te compensa o no para hacer la declaración.
como ya te han dicho, las ventajas son todas: salga lo que salga en el borrador, al final eres tú quien decide si hacerla o no.
te dejo un enlace para que te informes mejor.
saludines
2007-03-07 02:39:17
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answer #5
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answered by Anonymous
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Lo siento, soy honesto, no entendi...
2007-03-07 02:31:11
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answer #6
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answered by CARL_LUIS 4
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