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Tarea de estudio

2007-03-04 12:11:17 · 7 respuestas · pregunta de Anonymous en Sociedad y cultura Idiomas

7 respuestas

Plagiar es apropiarse un escrito o un trabajo ajeno.
El plagio es un robo.
Puede plagiarse el argumento y la forma o solamente el argumento.
Tomar el argumento de otro no merece el nombre de plagio.
Nuestros dramaturgos del siglo de oro y el mismo Shakespeare cogieron asuntos, que otros autores habian tratado pedestremente, y realizaron con ellos obras maestras,que eclipsaron a las anteriores.
Hay una frase de Nicasio Gallego:" en literatura sólo es lícito el robo cuando va acompañado de asesinato".

2007-03-04 13:19:23 · answer #1 · answered by claudio 6 · 0 0

Copiar una idea o, incluso, fragmentos y párrafos completos de una obra y atribuirtela. Actualmente, que el internet ayuda tanto a la investigación, es plagio siempre y cuando NO CITES al verdadero autor de la obra. Si citas, es investigación. Si no citas y haces pasar ese libro (o fragmento, etc) por tuyo, es plagio. En el caso de fragmentos o párrafos, hay un cierto límite de hohjas, no recuerdo cuántes. Es decir, en teoría, podrías copiar un párrafo y ponerlo en un libro tuyo, haciendo como que es tuyo, y no estarías violando la propiedad intelectual del autor. Pero si superas ese número, ya estás cometiendo plagio.
También sucede en música: hay un cierto número de acordes que puedes"tomar" de una canción; si superas ese número, es plagio...

2007-03-04 16:43:30 · answer #2 · answered by Marcia - Chile 4 · 0 0

En verdad, què es el plagio, copiar a otro literalmente o copiar ideas. El plagio es delicado hasta denunciarlo, aùn, conociendo el libro plagiado y el autor que lo hace, es problemàtico hacerlo, y muchas veces se sabe por chismes tras candilejas. Aqui se hablò de que Arturo Uslar Pietri lo hizo alguna vez, cosa que no creo. En Mexico lo hizo Carlos Fuentes y no vamos muy lejos, en Venezuela tambien dizque lo hizo Vidal, con una obra que tradujo del ingles y le colocò su nombre, Javier Vidal. Què necesidad tenìan, fama, què. Segùn Borges, el plagio no existe.
Como se ha dicho siempre, todo està escrito ya, lo demàs es copia. Ha pasado en concursos literarios que han ganado premios, cuentos de Borges, Rulfo, Poe. Y se dan cuenta por curiosos de biblioteca, los jurados, muchas veces acadèmicos, ni han leìdo en su vida.

2007-03-04 13:06:09 · answer #3 · answered by franciscosiquieres 3 · 0 0

copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias

2007-03-04 12:17:57 · answer #4 · answered by galli 2 · 0 0

Rubí:
De la Raiz Latina: Plagiun.-Accion de plagiar o imitar servilmente una Obra.

2007-03-04 12:17:20 · answer #5 · answered by naranjos2006 6 · 0 0

Es "robarse" la obra de alguien más y utilizarla como si fuera propia.

2007-03-04 12:13:35 · answer #6 · answered by Annie 3 · 0 0

La Convención Universal, acuerdo alcanzado en 1952 en el marco de las Naciones Unidas, como su nombre indica, tenía una clara intención de permanencia y de extenderse a todos los países, y a todas las "obras de espíritu", es decir, "todas las manifestaciones intelectuales o artísticas". La gran diferencia con las convenciones anteriores (Berna, Berlín, etc.) era que ponía fin a los acuerdos bilaterales, y aseguraba la protección más allá de las fronteras trans-nacionales. Fue el resultado de largas discusiones y de un difícil consenso entre las perspectiva mercantil-contractual (anglosajona) y la perspectiva moral (denominada continental).
La Unión Soviética logró incluir un Artículo V que autoriza una relativización del derecho de autor en materia de traducción, en favor de la libre difusión de ideas. Este artículo, suponía todo un avance en el concepto de la creación intelectual como patrimonio y diversidad culural de la humanidad. Venía a sancionar, de manera indirecta, el derecho al acceso de todos al saber. Significativamente, no se suele invocar este Artículo, y su incidencia en la jurisprudencia nacional ha sido mínima.
La Convención Universalno menciona en ni ningún momento la infracción de la propiedad literaria. El término "plagio" no aparece en ningún tratado internacional. Ante la imposiblidad de definirlo, de diferenciarlo de la "falsificación" (ardua cuestíon debatida en Berna, por ejemplo), los delegados optaron por insistir en la parte de "protección de la obra" y dejar a cada Estado, la aplicación represiva y sancionadora. Además, en el tratado se insiste reiteradamente en el hecho de que se trata de un "acuerdo de mínimos", siendo libre cada estado de endurecer la protección otorgada cada obra:
El tratado está basado en la reciprocidad, en una aplicación nacional, de asuntos transnacionales. Así comienza la Convención Universal (reformulada en 1971):
Artículo I.- Cada uno de los Estados contratantes se compromete a adoptar todas las disposiciones necesarias a fin de asegurar una protección suficiente y efectiva de los derechos de los autores, o de cualesquiera otros titulares de estos derechos, sobre las obras literarias, científicas y artísticas tales como los escritos, las obras musicales, dramáticas y cinematográficas y las de pintura, grabado y escultura.
Artículo II. 1. Las obras publicadas de los nacionales de cualquier Estado contratante, así como las obras publicadas por primera vez en el territorio de tal Estado, gozarán, en cada uno de los otros Estados contratantes, de la protección que cada uno de esos Estados conceda a las obras de sus nacionales publicadas por primera vez en su propio territorio, así como de la protección especial que garantiza la presente Convención.
2. Las obras no publicadas de los nacionales de cada Estado contratante gozarán, en cada uno de los demás Estados contratantes, de toda la protección que cada uno de estos Estados conceda a las obras no publicadas de sus nacionales, así como de la protección especial que garantiza la presente Convención.
3. Para la aplicación de la presente Convención todo Estado contratante puede, mediante disposiciones de su legislación interna, asimilar a sus propios nacionales toda persona domiciliada en ese Estado. ( Fuente: CERLARC)

Plagio anticipatorio: Expresión acuñada por François Le Lyonnais (miembro fundador del OuLiPo) para designar aquellos textos que, aun careciendo de ningún tipo de nexo genético entre ellos, parecieran ser fruto de la imitación o la copia. De este modo, escritores que no se conocen, que han vivido en distintas épocas o territorios incomunicados entre sí, pueden llegar a producir textos muy similares. Si se desconociera la procedencia de éstos, si se careciera de la historia de su "génesis textual", se podría pensar que se ha cometido plagio, lo cual está descartado por la ausencia constatada de nexo entre los mismos. El plagio anticipatorio es uno de los argumentos más esgrimidos por aquellos que solicitan la supresión de la condena del plagio, o incluso para aquéllos (Borges entre otros) que sostienen que "toda la literatura es plagio". Aducen que todo plagio podría ser interpretado como un plagio anticipatorio; que, si el resultado en resumidas cuentas, es el mismo, qué interés puede albergar para la crítica literaria discernir quién copió, o qué es fruto del azar.
Plagium crassissimum, plagio ideal, perfecto: Thomasius en su Dissertatio Philosophica de Plagio Literario (1673) lo define como el fraude por el cual el plagiario se limita a cambiar el nombre del verdadero autor por el suyo propio, si molestarse en disimular el engaño alterando la disposicion textual o el contenido del texto saqueado. Es la modalidad de plagio menos frecuente y la que más se asemeja a la piratería editorial.

2007-03-04 12:23:27 · answer #7 · answered by bud52mx 4 · 0 1

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