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tengo un contrato determinado por finalizacion de obra. No entiendo bien este contrato, puesto que no me indican la fecha de finalizacion en dicho contrato, y mi puesto es de auxiliar de amdministrativo. Me pueden echar en cualquier momento?

2007-01-22 23:06:22 · 12 respuestas · pregunta de Anonymous en Negocios y finanzas Empleo

12 respuestas

El final de obra es mas bien para fines impositivos. Si no lo tenés hecho, para el gobierno significa que esa edificiación todavia está en construcción y en consecuencia, se cobran impuestos menores. Los propietarios no tienen problema para vender la propiedad sin final de obra. El único inconveniente que puede haber es que caiga una inspección y vean que la obra está terminada!!! En ese caso, lo que va a pasar es que te van a cobrar los impuestos retroactivos...

Al menos esto es asi en Argentina

2007-01-22 23:12:02 · answer #1 · answered by Anonymous · 0 0

Es el que se concierta para la realización de una obra o prestación de un servicio, con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, sea en principio de duración incierta.
Los convenios sectoriales estatales y de ámbito inferior, incluidos los convenios de empresa, podrán identificar aquellos trabajos o tareas que pueden cubrirse con estos tipos de contratos.

Duración

· Por el tiempo exigido para la realización de la obra o servicio. Si el contrato fijara una duración o término, éstos deberán considerarse de carácter orientativo.

· Si fuere superior a un año, para proceder a la extinción del contrato se necesita preaviso con 15 días de antelación a la finalización de la obra o servicio. Si se incumpliera por parte del empresario, existe obligación de indemnizar por el equivalente a los salarios correspondientes al plazo incumplido.

· Si la duración efectiva de estos contratos fuese inferior a siete días, la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes se incrementará en un 36 por 100.

· Se transforma en indefinido salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación:

· Por falta de forma escrita.

· Por falta de alta en la Seguridad Social si hubiera transcurrido un plazo igual o superior al período de prueba.

· Si llegado el término no se hubiera producido denuncia de alguna de las partes y se continuara realizando la prestación laboral.

· Asimismo, se presumirán por tiempo indefinido los celebrados en fraude de ley.

· Ver último párrafo del apartado 11.1.

Jornada

· A tiempo completo o a tiempo parcial.

Formalización del contrato

· Por escrito, y deberá especificar e identificar suficientemente, con precisión y claridad el carácter de la contratación y la obra o servicio para el que se contrata. El empresario deberá comunicar el contenido del contrato en el plazo de los diez días hábiles siguientes a su concertación en el correspondiente Servicio Público de Empleo.

Indemnización

A la finalización del contrato, si se hubiera formalizado a partir del 4 de marzo de 2001, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar ocho días de salario por cada año de servicio, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación

2007-01-22 23:12:05 · answer #2 · answered by Trastolillo 7 · 1 0

el contrato de obra no tiene fecha fija de finalizacion,termina cuando termina la obra o trabajo para el que te han contratado.

en españa se abusa de esta modalidad de contrato,y se usa para poder prescindir de ti en cualquier momento,sin tener que preavisarte ni esperar al término del contrato y asi te pagan solo la indemnizacion de 8días de salariio por año trabajado(+tu salario,vacaciones no disfrutadas y esas cosas)

2007-01-26 03:01:33 · answer #3 · answered by joanna 4 · 0 0

Ahora hacen los contratos así, para no tener fijo a nadie, pero si necesitan tus servicios y cumples con tu trabajo no te echaran, te irán renovando contratos. Si alguna vez tienes que denunciar por despido y llevas ya varios años y varios contratos encadenados, tienes todas las de ganar, ya que se puede demostrar que no existen las supuestas obras para las que te contratan, por lo que están incurriendo en una práctica ilegal.

2007-01-23 04:27:00 · answer #4 · answered by leola 7 · 0 0

no por q para eso tiene fecha de la finalizacion de trabajo... en el caso de despido, juicio laboral por no cumplir con lo contratado

2007-01-23 04:23:20 · answer #5 · answered by Anonymous · 0 0

...

2007-01-23 02:48:39 · answer #6 · answered by Anonymous · 0 0

Hola!
este contrato no tiene finalización fija... puede durar lo que sea, aunque tiene un límite también... Termina cuando acabe la obra para la que se te contrató. El empresario te tiene que avisar unos dias antes (15) diciendo que ya falta poco para que acabe tu contrato y si no lo hace.. entonces tu contrato con esa empresa pasará a ser indefinido.
Espero que te sirva, ok? Salu2!! =)

2007-01-22 23:15:42 · answer #7 · answered by zUri 3 · 0 0

Lo siento te han hecho un contrato basura, te pueden echar cuando les de la gana y ellos consideren que la "obra" o tarea para la que te contrataron ha terminado. No tienes ayuda ante la Ley si te despiden.

Suerte, Marmota.

2007-01-22 23:15:39 · answer #8 · answered by Marmota 4 · 0 0

Si, el contrato de obra y servicio se extiende hasta que el servicio para el que has sido contratado finaliza. Asi que te pueden echar cuando quieran.

2007-01-22 23:14:47 · answer #9 · answered by Alejandra M 4 · 0 0

Es un contrato temporal que está vigente durante el tiempo que dure la obra, proyecto... para la que has sido contratada.

Por ejemplo, yo estuve un verano contratado en un camping de Sanabria como ayudante de recepción y en mi contrato se especificaba "por obra". Esto es, mi contrato duraba la temporada de verano, que era el significado de "obra" en ese caso.

2007-01-22 23:14:30 · answer #10 · answered by David Rguez 6 · 0 0

pues más o menos, pero exactamente; creo haber entendido que tienes un contrato por obra o servicio, lo que supone, que en teoría, la duración de tu contrato está condicionada a la duración de la obra o servicio que esté desarrollando tu empresa.
por ejemplo, imagina que está construyendo un bloque de pisos y te han contratado por obra y servicio, pues se supone que tu relación laboral se extinguirá con la finalización de ese bloque de pisos.
espero haberte servido de ayuda

2007-01-22 23:12:46 · answer #11 · answered by Athenea 4 · 0 0

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