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el caso es el sig: Contraigo una obligacion con una factura de fecha 4 abril y la vigencia de la factura es hasta el 30 de abril. Esta factura si surte efectos para ISR. Pero la pago hasta el mes de Junio.... puedo acreditar el IVa de esta factura, aunque ya este vencida para el dia de su pago??

2007-01-17 02:46:13 · 6 respuestas · pregunta de Blueangel_84 3 en Negocios y finanzas Impuestos México

6 respuestas

claro que si, la fecha de vigencia de de la factura al momento de expedirtela daba como resultado un gasto deducible, y recuerda que la suerte del principal la siguen los accesorios, la unica diferencia es cuando surten efectos, para el isr, es con la fecha de expedicion de la factura, y para el iva cuando es debidamente pagado.

en conclusion si el gastos es duducible, el iva es acreditable, no importa cuando lo pagues

2007-01-19 14:06:02 · answer #1 · answered by cp_axel_yagami 3 · 0 0

Claro que si, nada mas analisa lo que dice la factura:
PAGO EN UNA SOLA EXHIBICION, EFECTOS FISCALES AL PAGO

2007-01-18 00:19:32 · answer #2 · answered by roca 5 · 0 0

EL IVA funciona en base a flujo de efectivo es decir lo puedes acreditar cuando efectivamente fue descontado el dinero de la cuenta del banco.

Independientemente de la fecha de emisión de la factura el acreditamiento se realiza en el mes en el que fue descontado el dinero de tu cuenta bancaria.

2007-01-17 17:35:42 · answer #3 · answered by Marco D 1 · 0 0

El iva pagado no es acreditable, ya que es por un comprobante que no cumple con los requisitos de deducibilidad!

2007-01-17 15:34:51 · answer #4 · answered by mg 1 · 0 0

Sí, con algun comprobante del día de pago.

2007-01-17 14:52:49 · answer #5 · answered by Drew 2 · 0 0

si, con sellos de pagado en esa fecha, surte efectos

2007-01-17 10:53:48 · answer #6 · answered by 4ng3l35 2 · 0 0

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