Las ventas al extranjero se consideran ventas de exportación y por lo tanto no estan sujetas a cobro alguno de impuesto, estan gravadas con tasa 0%.
Si no envias ningún bien material unicamente debes cobrar el importe de tus servicios y la factura será tu único comprobante de los ingresos y no debes cobrar IVA.
Si por el contrario estas embarcando algún producto necesitas solicitar los servicios de un agente aduanal que te proporcionará un Pedimento de Exportación que será tu comprobante de la exportación.
2007-01-12 07:39:55
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answer #1
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answered by Marco D 1
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mira, existen tres tipos de iva:
el excento
la tasa cero
y la zona fronteriza
esto se aplica dentro del territorio mexicano, por lotanto tu no puedes cobrar iva a EUA porque ellos no lo manejan ok.
diriamos que ellos son tasa cero. suerte
2007-01-12 21:48:18
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answer #2
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answered by Anonymous
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no debes de desglosar el iva puesto que el iva es un impuesto establecido en mexico y no en el gabacho, la contadora que pone el fundamento abajo no tiene razon de ser ya que lo que pone es el fundamento de cuando estas sujeto al iva , chale y se dice contadora mmm kela jaaa por eso los contadores buenos estan en el reyno ...im out
2007-01-12 12:22:37
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answer #3
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answered by roberto r 1
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CLARO QUE DEBES COBRARLO INDEPENDIENTEMENTE DE QUE SEA UN EXTRANJERO A QUIEN LE FACTURES, TUS INGRESOS SON EN MEXICO Y EN FORMATOS CON REQUISITOS DE LEYES MEXICANAS.
LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
CAPITULO I
Disposiciones generales
Artículo 1o.- Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes:
Párrafo reformado DOF 30-12-1980
I.- Enajenen bienes.
II.- Presten servicios independientes.
III.- Otorguen el uso o goce temporal de bienes.
IV.- Importen bienes o servicios.
El impuesto se calculará aplicando los valores que señala esta Ley, la tasa del 15%. El impuesto al valor agregado en ningún caso se considerará que forma parte de dichos valores.
COMO PODRAS DARTE CUENTA ESTAS EN TERRITORIO MEXICANO Y PRESTAS SERVICIOS PERSONALES INDEPENDIENTES Y EL IMPUESTO NO SE CONSIDERA QUE FORMA PARTE DE LOS INGRESOS QUE COBRES.
2007-01-11 14:33:25
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answer #4
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answered by Adrys 4
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Si tienes que Facturar el IVA.
Es como cuando tu compras algo del extranjero, ellos te conbran el TAX solo que tu lo envias todo al gasto.
2007-01-11 14:09:56
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answer #5
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answered by >>RuGaR<< 4
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Yo te recomendaria que te asesoraras con alguien de Hacienda, para que no te vayan a sancionar, Si te da flojera ir hasta una oficina de hacienda entra a www.schp.gob.mx y lugo ahi te pueden asesorar en linea yo lo he hecho y si es util.
2007-01-11 14:07:10
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answer #6
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answered by Ro Sagradoさん 5
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No, las exportaciones están excentas y tu estás exportando "How-Is"
2007-01-11 14:07:05
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answer #7
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answered by victor 4
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Si debes facturarlo porque eres un residente en territorio nacional
2007-01-11 14:06:11
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answer #8
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answered by Preg-Resp 3
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Es exactamente igual que si cobraras aquí en México si lo tienes que incluir.
2007-01-11 14:03:19
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answer #9
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answered by Meta 3
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