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Me pueden ayudar porfavor, estoy confunida. Porque un gasto de un ejercicio no puede contabilizarte en ejercicio posterior?

2006-12-30 04:01:07 · 6 respuestas · pregunta de sagitarmary 1 en Negocios y finanzas Impuestos México

6 respuestas

Se dice que un gasto es deducible cuando cumple en general con el capitulo II de la sección I de la LISR, de los artículos 29 al 36, corresponden a las personas morales, pero de igual forma aplican para personas físicas.

además el gasto de un ejercicio debe contabilizarse en la fecha de año calendario en que se erogó. Toda vez, que tanto las personas morales como físicas, tienen como norma que el gasto se contabiliza, desde el momento en que se conoce. y no cuando se realiza

si tienes alguna otra duda, a tus órdenes
CONSULTORIA INTEGRAL
Abogados y Contadores
jcsiemsen@yahoo.com.mx

2007-01-02 10:08:31 · answer #1 · answered by Anonymous · 0 0

Hay un requisito que esta en la ley y te puede ayudar a aclarar si un gasto es deducible o no, no basta con que lo contabilices:

Debe ser estrictamente indispensable para tu negocio.

Si ya cumplió con esto entonces ya entras en el asunto que que tengas el comprobante, el pago y corresponda al ejercicio.

Considerando 2006 como el ejercicio ejemplo:
Estamos hablando de un gasto o costo de 2006 porque los ingresos que te generó es de 2006, el comprobante correspondiente debe tener fecha de 2006, en caso de que aún no lo tengas solícitalo a tu proveedor con fecha de 2006 porque la operación fue de 2006, tu contador debe considerar esta operación en 2006.

Si necesitas mas información por favor envíame un correo a serviciosintegrales@todito.com

2007-01-01 10:18:24 · answer #2 · answered by Reyna 3 · 0 0

Hola que tal ... mira se dice que es deducible de impuestos cuando tu tienes una empresa etc.. y cuando tu haces tu empresa el gobierno te da ciertas regalías , ejemplo si compras un carro, proyector , etc se puede hacer deducible siempre y cuando lo metas en la contabilidad en una cuenta donde la vayas a utilizar. pero ve este nuevo sexenio va cambiar todo eso.
espero que te ayude mi comentario ok bye.

2006-12-31 16:02:53 · answer #3 · answered by chriluvent 2 · 0 0

Lo mejor es que ingreses a la Pagina del SAT (http://www.sat.gob.mx/nuevo.html) ellos te daran la informacion, no es necesario que te identifiques con tu nombre real para hacer la pregunta!

Saludos

2006-12-31 15:11:09 · answer #4 · answered by Gabriel R 2 · 0 0

Los gastos deben deducirse en el ejercicio que se producen, salvo casos en que pueden activarse por ser erogaciones ligadas a ingresos de otros periodos. Si hubo una omision involuntaria, pueden deducirse bajo el,cargo de ajuste de resultados de otros ejerciicos. Suerte !!

2006-12-31 10:27:33 · answer #5 · answered by Anonymous · 0 0

Por concepto de tributación y de los presupuestos que se manejan cada año en la empresa, también debido a que cada año se debe declarar el impuesto a la renta. Espero haberte ayudado en algo, soy de Ecuador y desconozco como se maneja en México el tema de impuestos.

Saludos y suerte, Ricardo

2006-12-30 16:34:01 · answer #6 · answered by Ricardo the Lionheart 5 · 0 1

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