YO creo que no, te corresponde nada.
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2006-12-25 08:50:33
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answer #1
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answered by CAMALEON 7
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En la leyes de Guatemala, Código de Trabajo, esta regulada una figura que se llama periodo de prueba, que da al patrono una ventaja durante ese tiempo para calificar el desarrollo del trabajador, durante ese termino no corresponde pagar aguinaldo ni tampoco prestaciones adicionales si se cancela en contrato. A partir del día 61, ya correspondería cobrar todas las prestaciones adicionales proporcionales si se te cancela el contrato.
2006-12-25 17:58:10
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answer #2
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answered by tesorero 1
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solo hasta que cumplas 3 meses y será una parte proporcional con respecto al año.
2006-12-25 17:34:43
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answer #3
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answered by AB Normal 3
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LOS DERECHOS SON IRRENUNCIABLES.
Pero hay que hablar con el dueño del Circo.
Y preguntarle claro y raspao : Cuanto dinero me corresponde por el aguinaldo ?
YA ME CONTARAS .
2006-12-25 17:27:04
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answer #4
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answered by EX CORDE 5
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Si sos de Argentina SI (desconosco la legislacion de otros paises)
La ley de contrato de trabajo estipula que SIEMPRE corresponde aguinaldo (S.A.C.)
La forma de calcular es (si se trabajo mas de un mes) el mejor sueldo dividido 12 multiplicado por los meses trabajados. En tu caso por ejemplo si el mejor sueldo es $ 600 el calculo sera 600 dividido 12 = 50 y esto multiplicado por 2,5 total $ 125.-
otra forma de calcular es el total ganado (2,5 x 600=1500, y el resultado dividido 12)
Si estas en blanco (con aportes) al total se le practican las retenciones igual que al sueldo.
Si no estas en blanco igualmente corresponde..
Tambien te corresponde licencia proporcional (un dia por cada 20 trabajados hasta un maximo de dos semanas)
2006-12-25 17:24:43
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answer #5
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answered by BUEN AMIGO 1
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En Mexico te corresponde una parte proporcional, has el calculo, por 12 meses te dan 15 dias por ley (algunas empresas dan mas como prestacion), entonces por 2.5 meses te corresponden aprox
3 dias, igual consideras que es muy poco, pero es tu derecho, asi sea 1 peso tienen que dartelo. En el turno de la noche la jornada de trabajo son 7 hr, todo el tiempo que trabajes despues de esto se considera y debe pagarse como tiempo extra.
2006-12-25 17:00:32
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answer #6
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answered by Må®tël 5
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Si Tienes Un Contrato de Trabajo; es Decir No Trabajas en Negro. SI. Te Corresponde la Parte Proporcional al Tiempo Trabajado, Por Ej: Ganas 12 $ al Mes, te corresponden 6 $ por Cada medio Aguinaldo (Argentina), eso lo divides por 6, lo que equivale a 1$ el Mes, lo Multiplicas por lo que trabajaste y te dará el Monto Final.Revisa Tu Contrato.
2006-12-25 16:56:40
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answer #7
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answered by guillermo l 4
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si te t0ca una parte pr0p0rci0nal de l0 q* has trabajad0
checal0 en la ley federal del trabaj0
2006-12-25 16:56:35
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answer #8
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answered by *Lunita* 2
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si ya has cobrado el sueldo antes del aguinaldo si te corresponde
2006-12-25 16:55:00
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answer #9
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answered by Anonymous
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Sí (En México)
2006-12-27 21:43:51
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answer #10
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answered by Anonymous
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