Hola Anibal,
La verdad no creo. Sin embargo, con un permiso de trabajo en Alemania es muchisimo mas facil que te otorguen uno para España, ya que tendrás un antecedente laboral en la unión europea.
Saludos!
2006-12-20 03:38:12
·
answer #1
·
answered by juanmrq 4
·
0⤊
0⤋
Hola amigo pues te dire que no es tan facil prueba a ver que dice la ley schegen, yo me estoy por ir a vivir con mi futura esposa ella es alemana yo vivo en italia, todos me dijeròn que era posible que con mi permiso estaba hecho? cosa que no es asi ya que por el momento el permiso que tu tienes asi como el mio nos permiten solo trabajar en el pais que nos lo a dado, el motivo es por que tanto la alemania como la italia y la españa no an firmado el acuerdo el cual reconoce tu permiso en cualquier pais de la uniòn europea, antes de que te encuentres con problemas si no eres ciudadano europeo informate bien, a mi me dijeròn que la unica soluciòn para poder estar tranquilo en alemania era casarme y basta porque hasta que firmen todos los paises de la uniòn europea pasara mucho tiempo y eso que te dire que la ley deberia haber tenido efecto en enero 2006 mira cuantos meses an pasado y aun nada esta dicho?
2006-12-20 03:55:26
·
answer #2
·
answered by Angel azul... 2
·
0⤊
0⤋
pues depende si trabajas para una empresa alemana en españa, entonces si.
o si tu quieres cambia entonces depende como tienes el visado si es segun schengen acuerdo entonces puedes trabaja en todo europa si solo es para alemania .
para esta mas seguros entonces pregunta en la embajada española en alemania
2006-12-20 03:52:22
·
answer #3
·
answered by spanien1963 3
·
0⤊
0⤋
Si encuentras una empresa que te contrate legalmente pues claro que si
2006-12-20 03:43:09
·
answer #4
·
answered by Anonymous
·
0⤊
0⤋
CÃMO OBTENER UN PERMISO DE TRABAJO PARA EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS
-Trabajar por cuenta ajena, es decir trabajar para otro (empresa o persona)
actualización 11/02/2002- Se rige por el Contingente
Los extranjeros que no sean ciudadanos de un Estado parte de la Unión Europea que deseen realizar cualquier actividad lucrativa, bien sea por cuenta propia o por cuenta ajena, deberá solicitar un permiso de trabajo, además del de residencia.
Dependiendo de la actividad lucrativa que vaya a realizar en España, deberá solicitar un tipo de permiso u otro.
AsÃ, si pretende realizar un trabajo por cuenta ajena, es decir, trabajar para otra persona, puede solicitar sucesivamente los siguientes permisos:
-Tipo B (inicial): para un sector o actividad y ámbito geográfico concretos
-Tipo B (renovado): Este permiso permite realizar cualquier actividad en todo el territorio nacional
-Tipo C: permite realizar cualquier actividad en todo el territorio nacional.
Si dentro del trabajo por cuenta ajena, lo que pretende realizar son trabajos de temporada, tendrá que solicitar los siguientes permisos.
- Tipo A: Se expide para actividades de duración limitada o de temporada, como el montaje de plantas industriales o eléctricas, construcción de infraestructura, instalación de equipos…
- Tipo T: Se expide para la realización de actividades o servicios de temporada o campaña y puede limitarse a una actividad y ámbito geográfico concretos.
En cambio, si lo que desea es montar su propio negocio, trabajar por cuenta propia, deberá solicitar los siguientes permisos de trabajo:
- Tipo D (inicial): Para el ejercicio de una actividad concreta y para un ámbito geográfico determinado.
- Tipo D (renovado): Permite el ejercicio de cualquier actividad en todo el territorio nacional.
- Tipo E: Este permiso autoriza para desarrollar cualquier actividad en todo el territorio nacional.
Además existe un régimen especial, que se corresponde con los siguientes permisos de trabajo:
- Tipo F, para los trabajadores que residiendo en la zona fronteriza de un Estado limÃtrofe al que regresan diariamente, desarrollan actividades lucrativas, laborales o profesionales por cuenta propia o ajena en las zonas fronterizas del territorio español a las que estará limitado su ámbito geográfico.
-Tipo G: Este permiso autoriza la realización de una actividad lucrativa, en caso de desplazamiento temporal de un trabajador extranjero que dependa mediante relación laboral de una empresa establecida en un Estado no miembro de la Unión Europea ni al Espacio Económico Europeo, cuando:
-el desplazamiento sea por cuenta y bajo la dirección de la empresa, en ejecución de un contrato celebrado entre la misma empresa y el destinatario de la prestación de servicios que esté establecido en España
-el desplazamiento sea a un centro de trabajo en España de la propia empresa extranjera o de otra empresaa del grupo de que forme parte.
¿Quién puede solicitar el permiso de trabajo?
-El empresario, cuando se trate de actividades laborales por cuenta ajena, o actividades en el marco de prestaciones transfronterizas (tipo G);
-El representante de la empresa, en el caso de que la empresa no tenga residencia en España;
-El propio extranjero, cuando se trate de un permiso de trabajo por cuenta propia y en el caso de renovación de un permiso anterior. ¿Dónde se presenta la solicitud de permiso de trabajo? En España: -En las oficinas de registro de las correspondientes Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno -En las Oficinas de Extranjeros -En la Dirección General de Ordenación de las Migraciones, en los casos en que se trate de permisos de trabajo cuya resolución esté atribuida a dicho centro directivo. -También lo podrán presentar en los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, o la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas o entidad de la Administración Local que haya suscrito el oportuno Convenio, y en las oficinas de Correos. En el Extranjero: Ante la Misión Diplomática u Oficina Consular en cuya demarcación resida.
2006-12-20 03:52:33
·
answer #5
·
answered by Scully 5
·
0⤊
1⤋
Sinceramente creo que no estás muy bien. A quién se le ocurre!! Qué crees que es España? Un coladero para todo tipo de personas? Un cajón de sastre en el el que cabe todo? Por qué iba a valer ese permiso? Es acaso Alemania el mismo país que España? Eres tú acaso miembro de la Unión Europea? Cuántos años crees que nos costó a los españoles poder trabajar libremente en Europa? 10, 30, 50?... toda una vida, majete.
Por Dios. Podría yo trabajar en Estados Unidos líbremente por el mero hecho de que Estados Unidos empieza por E al igual que España?
2006-12-20 03:45:48
·
answer #6
·
answered by ®omeo ßlue 4
·
0⤊
1⤋