Te toca la parte proporcional.
Si por una año te tocan 15 dias, por medio año te tocan 7.5 días.
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LEY FEDERAL DEL TRABAJO
CAPÍTULO V
Artículo 87.- Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.
Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.
Esto es aplicable para México, no dices de que país eres.
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2006-12-06 10:06:49
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answer #1
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answered by Anonymous
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Si. recibiras unicamente la parte proporcional a los dias trabajados pues aun no cumpliste un año pero esto siempre y cuando estes contratada bajo nomina por que si te contrataron por honorarios no te van a dar ninguna prestacion y por lo tanto no recibiras aguinaldo.
Suerte.
2006-12-07 11:41:33
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answer #2
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answered by Golo 1
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Si tienes derecho a lo proporcional, que llevas en la empresa si tienes 6 meses te toca la mitad si llevaras el año completo y el año completo lo minimo son 15 dias de salario menos los impuestos, hay empresas que dan mas pero son muy pocas
2006-12-06 20:08:27
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answer #3
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answered by abe77n 3
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No te angusties Hanna, si te toca aguinaldo, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo en su Art. 87 dice que se te debe de entregar un aguinaldo proporcional al tiempo laborado en el año, si tu tienes 6 meses trabajando te tocaría cuando menos el importe del 50% de una quincena. Saludos
2006-12-06 19:22:21
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answer #4
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answered by sabihondo 5
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en mexico?? claro que si, aunque sea la parte proporcional pero te toca de a ley
saludos
2006-12-06 18:49:29
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answer #5
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answered by Susi Q 4
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En en caso de México y en el sector privado, de conformidad con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, en su segundo párrafo, por seis meses de trabajo te corresponde por lo menos 7.5 días de salario.
La Ley señala que este pago debe realizarse antes del día 20 de diciembre, por lo que el último día para pagarlo correctamente es el 19 de diciembre.
Cabe señalar que no es necesario estar laborando en el mes de diciembre para recibir este pago. En otras palabras, si prestaste tus servicios para otro patrón durante este año, y duraste por ejemplo un mes, tienes derecho a la parte proporcional correspondiente.
Espero que esta información te sirva.
2006-12-06 18:20:20
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answer #6
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answered by El Lic 3
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SI TE CORRESPONDE EL AGUINALDO POR DERECHO A TODA AQUÉLLA PERSONA QUE TIENE MAS DE TRES MESES LABORANDO EN CUALQUIER EMPRESA LE CORRESPONDE AGUINALDO PROPORCIONAL AL SUELDO QUE ESTA GANDO, SUERTE Y NO TE LO GASTES, SE AHORRATIVA
2006-12-06 18:15:57
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answer #7
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answered by jose m 2
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claro que si te toca la parte proporcional
2006-12-06 18:14:20
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answer #8
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answered by BIBI 5
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Si comenzastes a trabajar el 1º de Julio o unos días antes , te corresponde el aguinaldo que se abona en el mes de diciembre.-
2006-12-06 18:14:13
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answer #9
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answered by willi 5
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Claro que si, según la ley federal de trabajo:
ARTICULO 87. LOS QUE NO HAYAN CUMPLIDO EL AÑO DE SERVICIOS, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE SE ENCUENTREN LABORANDO O NO EN LA FECHA DE LIQUIDACION DEL AGUINALDO, TENDRAN DERECHO A QUE SE LES PAGUE LA PARTE PROPORCIONAL DEL MISMO, CONFORME AL TIEMPO QUE HUBIEREN TRABAJADO, CUALQUIERA QUE FUERE ESTE.
Suerte!
Dame tu opinión por favor:
http://mx.answers.yahoo.com/question/index;_ylt=Av4Fj9ELRKQf_JQfbGW4w3eY8gt.?qid=20061206150611AAkCElP
2006-12-06 18:14:04
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answer #10
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answered by ♥AIZICAT♥ 6
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Tienes derecho a la parte proporcional del aguinaldo.
El total del aguinaldo entre 12 meses multiplicado por el tiempo que llevas trabajando, en este caso 6 meses.
Saludos
2006-12-06 18:11:36
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answer #11
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answered by Don David C 5
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