Hola Camila!
El credito al salario no se considera para efectos de calcular el impuesto sobre nomina. Ya que el art. 115 LISR especifica que los ingresos que perciban los contribuyentes, derivados del crédito al salario mensual, no se considerarán para determinar la proporción acreditable a que se refiere el artículo de esta Ley, y no serán acumulables ni formarán parte del cálculo de la base gravable de cualquier otra contribución, por no tratarse de una remuneración al trabajo personal subordinado.
2006-12-01 04:27:50
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answer #1
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answered by c_roman 2
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NO
2006-12-01 13:35:39
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answer #2
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answered by roca 5
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DEPENDE :
Si el que te cobra es el Estado, Pues NO.
Si es Federal, claro que el Crédito al salario es ACREDITABLE para ese impuesto.
2006-11-30 17:53:54
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answer #3
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answered by alfgde 3
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No, el crédito al salario no se considerá dentro de la base para calcular el Impuesto sobre Nóminas, debido a que el Código Financiero del Distrito Federal en su artículo 178 dice:
Se encuentran obligados al pago del impuesto sobre nominas, las personas físicas y morales que, en el Distrito Federal, realicen erogaciones en dinero o en especie por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado.
2006-12-04 14:43:08
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answer #4
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answered by BETCH 2
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No, son impuestos totalmente diferentes
2006-12-04 11:34:47
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answer #5
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answered by oddish 2
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Claro que no. El credito al Salario es federal y el 2% es estatal y no tienen nada que ver.
2006-12-01 22:23:07
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answer #6
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answered by Miriam R 3
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Me imagino que debe ser igual en todo el pais, (yo soy de Tabasco) y la respuesta es no, ya que el CAS es un impuesto a favor de los trabajadores, a cargo de los patrones y los impuestos no pueden ser base de otros impuestos
2006-12-01 16:43:46
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answer #7
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answered by el conta 2
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claro que no tu deberas pagar sobre los sueldos y compensaciones brutas y este impuesto es unicamente para sueldos no incluyas asimilados a sueldos si es que los tienes, si incluyes el CAS (Credito al Salario ) estarias incurriendo en una doble tributación por pagar impuesto del impuesto
2006-12-01 14:45:55
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answer #8
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answered by Armando M 2
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Negativo
Pues no está considerado como una percepción del tipo nominal.
Digamos que es la diferencia entre el crédito aplicado a la nómina y el ISPT que genera el trabajador.
2006-11-30 18:27:45
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answer #9
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answered by Fica 2
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no, puesto que se deriva del calculo del impuesto sobre la renta y es una cantidad a favor del contribuyente y no es una percepcion adicional a su sueldo. Si acumularas los pagos por concepto de credito al salario pagado en efectivo a tu base para el calculo del impuesto sobre nominas, estarias practicamente gravando impuesto sobre el impuesto.
Saludos.
2006-11-30 17:52:11
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answer #10
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answered by Anonymous
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