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¿Cuál es el fundamento legal?

2006-11-22 09:14:07 · 3 respuestas · pregunta de LORE 2 en Negocios y finanzas Impuestos México

3 respuestas

Lore mandame tu mail y te paso la compensacion universal de la pagina del SAT, te paso mi mail r_ocampo55@yahoo.com.mx

2006-11-22 09:58:13 · answer #1 · answered by roca 5 · 0 1

Si,Los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración podrán optar por compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligados a pagar por adeudo propio o por retención a terceros, siempre que ambas deriven de impuestos federales distintos de los que se causen con motivo de la importación, los administre la misma autoridad y no tengan destino específico, incluyendo sus accesorios. Al efecto, bastará que efectúen la compensación de dichas cantidades actualizadas, conforme a lo previsto en el artículo 17-A de este Código, desde el mes en que se realizó el pago de lo indebido o se presentó la declaración que contenga el saldo a favor, hasta aquel en que la compensación se realice. Los contribuyentes presentarán el aviso de compensación, dentro de los cinco días siguientes a aquél en el que la misma se haya efectuado, acompañado de la documentación que al efecto se solicite en la forma oficial que para estos efectos se publique.

2006-11-23 08:07:00 · answer #2 · answered by Miriam R 3 · 1 0

dame 350 pesos y te digo.

2006-11-22 09:15:32 · answer #3 · answered by Beb!Ta 5 · 0 2

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