Hola.
Espero que esta información te sea útil...
Para el caso de que decidas renunciar, tu patrón solo está obligado a pagarte las partes proporcionales de tus vacaciones, prima de vacaciones y aguinaldo. Por ejemplo: Por ley te corresponden 6 dias de vacaciones, 15 dias de aguinaldo y 25% de prima vacacional por el primer año de servicios, si solo trabajaste 6 meses deben pagarte el equivalente a 3 dias de vacaciones mas el 25% de esos 3 dias y el equivalente a 7.5 dias de aguinaldo.
Si te despiden injustificadamente, tienes derecho a que te paguen una indemnización equivalente a 90 días de sueldo, mas 20 días de sueldo por cada año que hayas trabajado y si tienes una antiguedad mayor a 15 años, tienes derecho ademas a una prima equivalente a 12 dias por cada año laborado, todo esto es adicional a las partes proporcionales de vacaciones, aguinaldo y prima de vacaciones. Pero no olvides que al importe que resulte debes restarle el ISR correspondiente.
2006-11-03 08:38:35
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answer #1
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answered by DARKNESS 2
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2017-01-27 15:24:02
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answer #2
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answered by ? 4
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Por renuncia voluntaria: las partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima de vacacional. También si tu antiguedad es mayor a 15 años, la prima de antiguedad equivalente a 12 días por año laborado (con un tope de 2 veces salario minimo).
Por Despido injustificado: las mismas partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima de vacacional. También si tu antiguedad es mayor a 15 años, la prima de antiguedad equivalente a 12 días por año laborado (con un tope de 2 veces salario minimo). Además una indemnizacion constitucional por 3 meses, equivalente a 90 días de sueldo.
¡Ojo! si decides demandar la reinstalación de tu trabajo y el patrón no la acepta, solo de esa manera tendrá la obligación de pagarte los 20 días de sueldo por año laborado y serán integrados en tu indemnización final que te será entregada en la Junta de Conciliación y Arbitraje en el momento en que te desistas a la demanda. Si no quieres irte por este camino remitete al cálculo anterior.
Por supuesto que a todo cálculo de finiquito dedúcele el ISR correspondiente.
2006-11-06 19:47:25
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answer #3
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answered by Amant 4
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Por ley te corresponden:
aguinaldo (15 dias),
vacaciones (depende de tu antiguedad),
prima vacacional (25%)
prima de antiguedad (si es que te corresponde)
20 dias por año (si es que corresponde en caso de despido)
Si es renuncia solo aguinaldo, vacaciones y prima vacacional
recuerda que hay partes proporcionales
Saludos
2006-11-03 08:53:17
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answer #4
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answered by ♣ Papirrin ♣ 4
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tienes que consultar la ley federal del trabajo para saber cuento por ciento te corresponde pero si te despidieron es el total, si tu renunciaste es la mitad checa cuantos dias de salario te corresponden
2006-11-03 08:34:56
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answer #5
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answered by Anonymous
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