English Deutsch Français Italiano Español Português 繁體中文 Bahasa Indonesia Tiếng Việt ภาษาไทย
Todas las categorías

me dan mañana la carta de despido y un cheque con una indemnizacion de 20 dias/año y un preaviso de 1 mes.Cuando se produzca el despido me daran una carta reconociendo la improcedencia del despido y otro cheque con 13dias/año para completar los 33dias/año que especifica mi contrato por despido improcedente ¿es esto legal? soy de España

2006-10-10 00:38:46 · 12 respuestas · pregunta de arrpak 1 en Negocios y finanzas Empleo

12 respuestas

Pues creo que deberían darte el cheque de los 33 días salario por año de servicio. Aunque la indemnización de 20 días/año sea por despido objetivo, el correcto es de 33, ya que se considera como improcedente.

Siguen la ley avisándote con un mes de antelación (Art. 53.1.c) del estatuto de los trabajadores).

Aunque que sea por causas objetivas,... ¿qué motivos alegan? Esas causas están reguladas en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores, yo te recomendaría que lo mirases aquí: http://www.inem.es/legis/empleo/rdley1_95.htm

Antes de aceptarlo, mira la causa.

Suerte!!

2006-10-10 00:47:59 · answer #1 · answered by Icara 3 · 0 1

Demasiado te dan. No pretenderás que hipotequen la empresa.

2006-10-10 07:41:46 · answer #2 · answered by Anonymous · 1 0

Si, es lo que marca la ley. De todas maneras acercate a la C/Lope de Vega, en los bajos del Ministerio de la Vivienda (Paseo del Prado) que allí está CC.OO; ellos tienen asesoría jurídica gratuita. Lleva todos los papeles. Y suerte!!

2006-10-14 02:12:49 · answer #3 · answered by Anonymous · 0 0

¿Quieres trabajar desde tu casa?
Ya te habrás dado cuenta de que ganar mucho dinero no depende de cuánto trabajes, ni tampoco de cuánto estudio tengas, ¿no cierto?
El libro "Padre rico, padre pobre" te puede ser muy útil. En él el autor menciona el mercadeo en red como solución simple para el común de los mortales (o sea, el multinivel), para aumentar considerablemente sus ingresos.
Yo te puedo ayudar a comenzar: Herbalife está creciendo mucho, y estamos necesitando personas emprendedoras con urgencia.
Avísame cuando quieras comenzar.

Mi correo es: maxmahn069@yahoo.fr

2006-10-13 19:15:10 · answer #4 · answered by Anonymous · 0 0

yo te recomiendo que ubiques a un inspector de trabajo para ver si te estan pagando lo justo....

Suerte

2006-10-11 07:39:44 · answer #5 · answered by בּגּדּﭞﭟﭰﭲﭴﮯ €@®£Ǿ$ ﺎﭲﱟﯛﯘﯓﺡÆÈĦŊ 5 · 0 0

Lo que no entiendo es que si la empresa te da carta despido causas objetivas con preaviso, ¿porque luego te reconocen la improcedencia del despido? me plantea dudas, ¿porque no te despiden directamente? deberías hablar con la empresa me da la sensación que no quieren que conste que el despido es improcedente a fin de no perder bonificaciones. De todas formas no esta mal, si te ofrecen 33 dias de indemnizacion, con derecho a cobrar desempleo, un mes más pagado (aunque seguro de lo cuentan de vacaciones pendientes ) si esta todo bien calculado puedes estar conforme, y que sepas que si te hacen trabajar este mes, tienes derecho a pedir una hora cada dia de permiso ( si estas a jornada completa ) para buscar un nuevo empleo.

2006-10-10 10:22:26 · answer #6 · answered by Aida 2 · 0 0

Te dan el despido por causas objetivas, con indemnización de 20 días por año trabajado y el reconocimiento de la improcedencia del despido es para evitarse ir a juicio en caso de demanda por tu parte, así si vas a juicio de conciliación lo que vas a sacar es la diferencia entre los 20 días y los 33 (que ellos ya te lo dan), o la readmisión en tu puesto si puedes demostrar que no hay las causas objetivas que han puesto en tu despido. Pero coge la pasta y corre, las causas objetivas son lo más socorrido a la hora de despedir, ellos tienen la sartén por el mango en este momento.

2006-10-10 08:13:44 · answer #7 · answered by Ana G 1 · 0 0

Te tendrian que justifica en la carta el despido en base a:

Por causas objetivas (despido por causas objetivas)

Tales causas son:

-Ineptitud del trabajador, que ha de ser conocida o sobrevenida con posterioridad a la efectiva colocación de aquél en la empresa. si fuera anterior al cumplimiento de un período de prueba no podría alegarse posteriormente.

-Falta de adaptación a las modificaciones. El contrato puede extinguirse si el trabajador no se adapta a las modificaciones técnicas de su puesto de trabajo, siempre que éstas sean razonables y hayan transcurrido más de dos meses desde su introducción.

-Absentismo laboral. En ningún caso se computarán como faltas de asistencia las debidas a huelga legal, por motivos de representación legal de los trabajadores, por accidente de trabajo, por maternidad, los casos de licencias y vacaciones o por enfermedad o accidente no laboral si la baja es de más de veinte días consecutivos y acordada por los servicios sanitarios oficiales, ni las motivadas por la situación física o psicológica derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de salud, según proceda.

- Falta de consignación presupuestaria. Se contempla la posibilidad de extinción de aquellos contratos por tiempo indefinido que hubieran sido celebrados para la ejecución de planes y programas públicos sin dotación económica estable, siendo la causa motivadora de la extinción la insuficiencia de la consignación presupuestaria


Si te reconocen el despido improcedente...pues que te lo hagan inicialmente y ya esta. El despido improcedente son 45 dias por año. Yo de ti me buscaria un abogado o acudiria a un sindicato para que te lo faciliten, porque tendras que pasar por conciliación para pactar el despido.

Sobretodo no firmes ningún documento y menos un finiquito...porque dejarias de cobrar lo que te adeudan

2006-10-10 08:06:23 · answer #8 · answered by Dante 2 · 1 1

y q mas queres???

2006-10-10 07:46:03 · answer #9 · answered by Andrea S. 2 · 0 0

que lastima imajina lo que hubiereas ganado trabajando,un saludo

2006-10-10 07:44:47 · answer #10 · answered by BATALLA 5 · 0 0

parece que 33 días no es poco, pero lo mejor rápidamente ponte en contacto con un abogado. Lo que menos me gusta es lo de que asumas lo de causas objetivas.

2006-10-10 07:43:53 · answer #11 · answered by YA NO ESTOY AQUI 6 · 0 0

fedest.com, questions and answers