Consulta un abogado.
En Argentina, sin título (el que tiene tu abuelita) necesita VEINTE años para reclamarlo.
2006-10-09 16:38:02
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answer #1
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answered by Angelorum 6
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Por desgracia si... es una injusticia... al parecer después de unos 3 o 4 años que una persona paga los impuestos y servicios sobre un bien inmueble, no se le puede sacar de ahí...
Consulta un abogado.
2006-10-09 23:31:24
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answer #2
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answered by The Hitchhiker 3
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Moralmente, la respuesta es NO. Pero en la práctica, depende de las leyes que rijan sobre el particular,según el país de que se trate. Y si no ¿de qué vivirían los abogados...?
2006-10-10 09:28:37
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answer #3
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answered by vimevow 1
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Desgraciadamente, si, pero hay que hacer algo, que lo denuncie ante las autoridades, si es que no se quiere salir, lo mejor que pueden hacer es ver a un licenciado bueno, ojo, no charlatán, suerte.
Un abrazo
2006-10-10 03:37:22
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answer #4
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answered by Jorge Z 3
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1.- Si si puede hacerlo desafortunadamente ya que como dices el puede argumentar que ha cuidado y pagado las contribuciones correspondientes, ahora bien si el cometio el error de pagarlas a nombre de tu abuela eso puede cambiar el curso.
2.- Pueden iniciar una denuncia ante el MINISTERIO PUBLICO en contra de dicha persona la autoridad debe FUNDAMENTAR Y MOTIVAR dicha denuncia te puedo comentar que el ilicito se tipifica como DESPOJO PERO la autoridad es la que debe TIPIFICAR dicho ILICITO te suigiero asesorarte muy bien antes de presentarte ante la autoridad normalmente nuestras autoridades tienen servicios de asesoria juridica gratuita no contrates de inmediato un abogado pues te cobrara muy caro y empezara a pedirte dinero ponte listo oki doki. de hecho TU o USTEDES no requieren abogado en si la defensa la hace el agente del ministerio publico la idea es manejar la situaciòn NO COMO PRESTAMO
2006-10-10 00:02:55
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answer #5
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answered by carmina 3
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SE LO ESTA LLEVANDO EN UN JUICIO DE USUCAPION DE MALA FE ES POR 10 AÑOS ASI QUE PUEDES AUN BUSCAR UN RECURSO, PUEDES DEMANDARLO PENALMENTE POR ABUSO DE CONFIANZA SIEMPRE Y CUANDO TENGAS LAS ESCRITURAS DE DICHO PREDIO, EN AGRARIO LO VAN A RESPALDAR A EL ASI QUE BUSCA UN JUICIO DE NULIDAD ANTE EL TRIBUNAL AGRARIO SI SE PUEDE ES COSA DE TIEMPO Y DE UN POQUITO DE LANA OKAS.
2006-10-09 23:40:25
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answer #6
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answered by Araxiel 2
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Es necesario que pasen 10 años para usucapir el bien, por lo que debe iniciar, tu abuela, una acción reivindicatoria, antes de que transcurra más tiempo, conseguir testigos de que no han pasado 10 años, y en un momento hasta alegar que hubo un contrato de comodato o de arrendamiento, necesitas un abogado, desafortunadamente yo estoy en Puebla. Suerte!!!
2006-10-09 23:33:33
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answer #7
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answered by Pietro R 4
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Si que puede. Ese proceso se llama "inmatriculación administrativa". Y se basa en que el dueño no aparezca en muchos años. Diganle al señor que se acabo el préstamo y si no acepta empiecen juicio ya! Es la unica forma, si no es que el ya promovio la inmatriculacion , pues si ya se la otorgaron ¡that´s it!
2006-10-09 23:32:38
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answer #8
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answered by Oscar G 3
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presenta los documentos a las autoridades y le deben hechar de ahi.
2006-10-09 23:31:31
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answer #9
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answered by Anonymous
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