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2006-10-04 08:20:45 · 5 respuestas · pregunta de CCL 1 en Negocios y finanzas Impuestos México

5 respuestas

Bueno! ahora se conoce como Salario Base de Cotización. Y se consideran los elementos fijos y variables.

Haber si me doy a entender, para calcularlo debes de considerar los elementos fijos de todo un año (sueldo + aguinaldo + prima vacacional + otras prestaciones, como bonos de productividad, bonos de puntualidad), la suma de todo esto lo divides entre el importe del sueldo percibido en un año, el resultado es el factor de integracion que deberas multiplicar por el salario diario para obtener el salario diario integrado (mejor conocido como Salario Base de Cotización).

Ahora bien si percibes elementos variables que no pueden ser previamente conocidos, debes sumar lo que percibiste durante los 2 meses anteriores y lo dividiras entre el numero de dias trabajados en ese periodo.

Ejemplo de elementos fijos:

Si tu ganas $100.00 diarios y tienes las prestaciones minimas de Ley (Aguinaldo y prima vacacional, que es el 25% de las vacaciones; 15 dias y 1.5 dias respectivamente); En importes estariamos hablando de que en el año percibirias $36,500.00 de sueldo, $1,500.00 de Aguinaldo y $150.00 de Prima Vacacional (Por que tienes derecho en el primer año a 6 dias de vacaciones, recuerda que las vacaciones es el disfritar 6 dias con goce de sueldo). Si sumamos tendremos $38,150.00 entre el importe del sueldo percibido en un año, que es de $36,500.00, el resultado es de 1.0452 que es el factor de integración que multiplicado por el salario diario ordinario ($100.00) obtenemos el Salario diario integrado o Salario Base de Cotización que es de $104.52.

Ahora bien yo te recomiendo que los elementos fijos los consideres en numero de días, como?: con los mismo numeros del ejemplo de arriba tendriamos que: de sueldo percibimos 365 dias, de aguinaldo 15 dias, de prima vacacional 1.5 dias; la suma serian 381.5 dias y lo divides el numero de dias del año que son 365 dias, el resultado es de 1.0452 que es el factor de integración que multiplicado por el salario diario ordinario ($100.00) obtenemos el Salario diario integrado o Salario Base de Cotización que es de $104.52.

Espero te haya servido, el fundamento legal lo podras encontrar en la Ley del Seguro Social.

2006-10-04 10:42:27 · answer #1 · answered by Pepe Pepe del D.F. 1 · 4 0

Todo lo que le pagues a tus trabajadores via nomina integra excepto lo mencionado en el Art. 27 LIMSS y tambien puedes checar el Art. 30 para ver los conceptos variables

recuerdan basicamente una integracion fija se hace en base a sus prestaciones minimas esto es

salario diario=100
Vacaciones=6 x0.25=1.5
Aguinaldo= 15
dias ano=365

365
+1.5
+15=381.5/365=1.0452 factor integracion minimo

Salario diario x factor intregacion= SBC
100 x 1.0452 = 104.52

2006-10-04 17:23:02 · answer #2 · answered by Alejandro 5 · 4 0

salario se integra con:
los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.

Se excluyen como integrantes del salario los siguientes conceptos:

El ahorro cuando se integra por una cantidad igual del trabajador y de la empresa.
Las cantidades otorgadas por el patrón para fines sociales de carácter sindical.
Las aportaciones adicionales que el patrón convenga otorgar a favor de sus trabajadores por concepto de seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
Las cuotas al IMSS y al INFONAVIT que corresponda cubrir al patrón.
Las participaciones en las utilidades de la empresa (PTU).
La alimentación y la habitación cuando se entreguen en forma onerosa (que el trabajador pague al menos, por cada una de ellas, un 20% del salario mínimo general diario del Distrito Federal.
Las despensas en dinero o especie que NO rebasen el 40% del salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal.
Los premios por asistencia y puntualidad que NO rebasen el 10% del salario base de aportación (por cada concepto).
Las cantidades aportadas para fines sociales (Planes de pensiones).
El tiempo extraordinario dentro de los márgenes establecidos en la Ley Federal del Trabajo.

2006-10-04 19:46:38 · answer #3 · answered by Emet 5 · 0 0

Para salarios fijos, sacas el salario diario (sueldo mensual /30.4), y lo multiplicas por 1.0452 (este factor cambia por cada año de antiguedad del empleado)
Para sueldos variables, sacas un promedio, como te lo indicaron en las respuestas anteriores, y con ese sueldo cotizas en el bimestre.

2006-10-04 19:33:50 · answer #4 · answered by ? 6 · 0 0

Se integra por elementos fijos y variables.

Los elementos fijos son normalmente: salario, vacaciones y prima vacacional.

Los elementos variables pueden ser: tiempo extra, bonos, gratificaciones extraordinarias.

2006-10-04 15:40:02 · answer #5 · answered by Anonymous · 0 1

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