La empresa tiene la obligación de encargarse de ello cuando tu sueldo anual no rebase los 300,000 pesos. Si tú tienes ingresos por otros conceptos (rentas, ventas, honorarios, intereses, etc.) o tu sueldo rebasa esa cantidad, ya pelaste y tienes que hacer, forzosamente la declaración, ya que si no la entregas, cuando Hacienda te cache, te va a ir muy mal... Si es tu único ingreso y no rebasa esa cantidad, como ya te dijeron, puedes optar por hacer tú solo tu declaración, si es que tienes buenas deducciones para que te regresen una lanita... Cualquier cosa aparte que necesites sabes y quieras asesoría ya "más acá", contáctame... Soy CP de impuestos...
SalU2!!!
2006-09-04 11:59:02
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answer #1
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answered by P'tit pain au chocolat 5
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En Chile, si solo tienes u empleador (patron) basta con la retencion que efectua éste. Si son dos o mas, deberas reliquidar el impuesto en Abril del año siguiente. El Servicio de Impuestos Internos (organismo nacional que fiscaliza el cumplimiento tributario) tiene preparada una propuesta de declaracion, por lo que no requieres de contador.
2006-09-07 01:29:54
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answer #2
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answered by EL INGLES 2
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Si eres asalariado y tu patrón te retiene cada mes el Impuesto Sobre Productos del Trabajo, el patrón tiene la obligación de pagar lo retenido al fisco y al finalizar el año fiscal determinar el impuesto anual rebajándoles las retenciones del mes y al resto ya sea a favor o en contra también debe declararlo el patrón., ahora bien si tus ingresos anuales son iguales o mayores a 300,000.00, entonces debes presentar personalmente tu declaración anual.
2006-09-05 15:07:49
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answer #3
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answered by sabihondo 5
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Es obligatorio en México presentar tu declaración si tus percepciones por sueldos y salarios anuales superan los 300,000.00, si no, la empresa se puede encargar, a menos que quieras deducir gastos médicos y funerarios, tienes que avisarle a la empresa en el mes de diciembre que tu presentaras la declaración. La empresa tiene la obligación de notificarte las retenciones que te hizo en el año , aunque tu no presentes la declaración.
2006-09-04 12:04:46
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answer #4
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answered by Alfredo M 2
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si, y para eso hechale la culpa a un contador
2006-09-04 11:56:41
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answer #5
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answered by NEXO 4
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La empresa que te retiene tu sueldo lo declara ante hacienda, al final del año tienes el "derecho" más no la obligación como trabajador de presentar una declaración anual en la que reportarías gastos como honorarios médicos. Dependiendo de la suma de estos puedes solicitar una devolución.
¿Todo suena maravilloso no? la verdad es que no es nada sencillo y necesitas de un contador especializado en impuestos para hacerlo.
2006-09-04 11:55:08
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answer #6
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answered by El Oráculo 3
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