en españa si, pero previamente se debe hacer un pequeño trámite en tráfico. sin exámen ni nada. Tu carnet dice ahora que solamente podes conducir coches y vehicuklos hasta 3.500 kg. y el resto está anulado. ellos te habilitan la columna de la moto hasta 125. y listo.
2006-08-26 22:58:03
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answer #1
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answered by Idolo de Barro 6
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l. a. ventaja de las motos es que las comprar por pasión, las disfrutas siempre, te hace más fuerte ante cualquier dificultad y l. a. relación con l. a. naturaleza y otros motociclistas sólo l. a. entiende alguien que haya tenido esas experiencias. El motor vehicle es una lata con cuatro ruedas... si nieva o llueve y tu motor vehicle se estropea, te entierras en el lodo o en l. a. area, o se desinfla un neumático, tienes que bajarte... estarías peor que los que andamos en moto porque andamos protegidos ante l. a. intemperie. ¿Desventajas de una moto? Sarna con gusto no %.. PD: hace 15 años que vendí mi último motor vehicle.
2016-12-14 12:46:13
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answer #2
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answered by hillis 4
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La respuesta va más allá de un si o un no categórico. En la Unión Europea es posible siempre y cuando la moto tenga hasta 125 cc y menos de 34 cv o 25 Kw. La típica moto cabrera (Cross) suelen desarrollar potencias superiores para esa cilindrada, luego esas no podrías.....pero está permitido en casi tosas siempre que previamente hagas el trámite en la DGT.
2006-08-27 20:20:50
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answer #3
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answered by sodomacreativa 4
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de hasta 125cc sí, pero no más....
2006-08-27 03:19:16
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answer #4
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answered by ro' 6
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En la página de la DGT (si eres Española, claro), viene toda la información que necesites.
2006-08-26 23:16:30
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answer #5
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answered by Anonymous
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Con el carnet tipo B en España puedes conducir motocicletas de hasta 125cc siempre y cuando tengas más de tres años de carnet.
Si no tienes los tres años de carnet NO puedes llevar motocicletas, tan solo ciclomotores de hasta 50cc.
2006-08-26 23:03:57
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answer #6
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answered by Lechu 2
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Si, no hay problema, pero tienes que ir a la DGT primero.
2006-08-26 23:01:59
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answer #7
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answered by Fabrixcio 4
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Rosalìa: no se de donde sos......pero por si acaso sos de Buenos Aires, la respuesta es que no...acà estàn las categorìas y lo que incluyen:
Categoria A: Ciclomotores, motocicletas y triciclos motorizados.
Se divide en: Clase A.1 (ciclomotores de hasta 50 cc.) ; A.2.1 (ciclomotores, motocicletas de hasta 150 cc. Triciclos motorizados); A.2.2 (ciclomotores, motocicletas de hasta 300 cc. Triciclos motorizados) y A.3 (Motocicletas de más de 300cc.)
Categoria B: Automóviles, camionetas o casas rodantes motorizadas. Se divide en Clase B.1 (hasta 3.500 Kg) y B.2 (automóviles y camionetas hasta 3.500 Kg con acoplado hasta 700 Kg o casa rodante no motorizada).
Es que son diferentes las clases que debes aprobar y aparte diferente el exàmen que debes dar para que te otorguen el registro.....
2006-08-26 23:01:49
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answer #8
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answered by Fabricio 3
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Sí, no hay problema
2006-08-26 22:56:33
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answer #9
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answered by Anonymous
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no
2006-08-26 22:52:41
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answer #10
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answered by Anonymous
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