Por regla general NO
Ahora bien, debemos separar dos supuestos:
Arrendamientos (contratos de locación según ntra terminologia) con fines turisticos: Tienen un plazo máximo de 6 meses. No se pueden indexar.
Arrendamientos permanentes : Plazo minimo 2 años. No se pueden indexar, pero te comento que es probable que escuches algo como esto:
el precio de los dos años se fijan en $ 24.000, pagaderos los doce primeros meses en cuotas de $ 500 y los ultimos 12 a $ 1500
Te doy este ejemplo que es burdo, pero en la practica se utiliza calculando el costo de la inflacion del 2do año y cargandoselo directamente.
La contra es que una de las partes "se cubre" o garantiza pero no lo suficiente dado que no puede saber si el cálculo será o no acorde a la realidad.
Lo que de ningúna manera es posible es que te fijen un indice para aumentar el precio.
Por la forma de tu expresión, entiendo que tal vez te refieras a los de 6 meses, pero de todas maneras te doy las alternativas
2006-08-23 05:13:32
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answer #1
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answered by alfredo_4390 5
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NO LO SE
SUERTE
2006-08-26 21:28:23
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answer #2
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answered by liter47 7
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están expresamente prohibidas, pero ahora se están haciendo algunas trampitas en los contratos, como ser cuando el incremento de costo de vida supere....%, se reuniran las partes para consensuar un nuevo valor de alquiler.
2006-08-23 03:12:15
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answer #3
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answered by Anonymous
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No, no están permitidas, son ilegales, lo que si se puede es agregar alguna claúsula del estilo de: que se llame a reunión a las partes en cualquier momento, o cada 6 meses por ejemplo, para reconsiderar las pautas del contrato, sobre todo cuando se produce la renovación del mismo. Saludos.
2006-08-23 03:02:23
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answer #4
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answered by Anonymous
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no
2006-08-23 03:01:17
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answer #5
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answered by Far From Death 4
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