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he dejado mi trabajo ( en el que llevo 5 años) por uno mejor. En éste me hacen contrato inicial de 2 meses. si no me lo prorrogaran, puedo cobrar el paro?
me han comentado que tengo que estar en éste último 6 meses!!!!!!!!!!!
graaaacias

2006-08-12 03:46:46 · 9 respuestas · pregunta de VERONICA 1 en Negocios y finanzas Empleo

9 respuestas

La realidad exacta es que si te has ido del anterior trabajo por baja voluntaria y antes de 3 meses, en otro nuevo trabajo, te despiden por no superar el periodo de prueba, no tienes derecho a paro.

Esto está copiado del INEM:

Resolución de la relación laboral por el empresario en el período de prueba:
Se considerarán en situación legal de desempleo los trabajadores que vean extinguida su relación laboral por cese en el período de prueba a instancia del empresario, con independencia de que dicho período de prueba se hubiese pactado, o no, en el contrato de trabajo, o aunque el cese se produzca en fecha posterior al periodo de prueba pactado, siempre que la extinción de la relación laboral anterior fuese situación legal de desempleo o hubiese transcurrido un plazo de tres meses desde la extinción, y sin perjuicio de que el trabajador pueda impugnar el cese como despido. Se acredita con el certificado de empresa. Si desde la anterior extinción de la relación laboral no hubieran transcurrido 3 meses, ha de adjuntarse la acreditación de la anterior situación legal de desempleo.


Bien, si es por fin de contrato de dos meses, normalmente sí tendrías derecho a desempleo, a no ser que el Servicio Público de Empleo vea fraude, o sea, sospeche que te fuiste del anterior trabajo para tener un contrato nuevo corto y cobrar el paro.

2006-08-12 04:52:49 · answer #1 · answered by Jünger 5 · 0 0

para cobrar el paro tienes q tener un documento de l. a. última empresa para l. a. q trabajaste en donde demuestres haber sido despedido....Si has renunciado tú, no puedes hacer nada para cobrar.... Tienes q ir a las oficinas del INEM...ahí te dirán los requisitos y te informarán de todo........

2016-12-14 04:44:35 · answer #2 · answered by ? 4 · 0 0

¿Donde vives?

2006-08-12 14:13:45 · answer #3 · answered by Anonymous · 0 0

Si eres de España ya puedes cobrar el paro.

2006-08-12 12:29:55 · answer #4 · answered by ifaaddeekun 2 · 0 0

Si eres de España, yo tengo entendido que el paro se cobra a partir de tener un año cotizado, pero creo que antes con 6 meses se podia cobrar la ayuda familiar, no se, hace mucho que no estoy muy puesta en ese tema. Pero lo del paro si estoy segura que es con 1 año cotizado.

2006-08-12 05:56:26 · answer #5 · answered by Elya 1 · 0 0

La duración de la prestación por desempleo estará en función de los períodos de ocupación cotizada en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo. El artículo 207 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en el apartado 1 letra c, dispone que para que puedas cobrar: Tener cubierto el período mínimo de cotización a que se refiere el apartado 1 del artículo 210 de la presente Ley, dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.La duración de la prestación por desempleo estará en función de los períodos de ocupación cotizada en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar, con arreglo a la siguiente escala:

Período de cotización (en días) Período de prestación (en días)
Desde 360 hasta 539 120
Desde 540 hasta 719 180
Desde 720 hasta 899 240
Desde 900 hasta 1.079 300
Desde 1.080 hasta 1.259 360
Desde 1.260 hasta 1.439 420
Desde 1.440 hasta 1.619 480
Desde 1.620 hasta 1.799 540
Desde 1.800 hasta 1.979 600
Desde 1.980 hasta 2.159 660
Desde 2.160 720
Suerte en tu nuevo trabajo.

2006-08-12 04:09:23 · answer #6 · answered by Anonymous · 0 0

Son 3 meses. Pero puedes hacer una pequeña trampa y es haber trabajado en tres meses distintos. Por ejemplo, si hubieras empezado a trabajar el 29 de Julio y te echasen el 2 de setiembre, dispondrías de 3 nóminas con lo cual ya podrías cobrar el paro.

Lo que te han comentado de los 6 meses, es que tienes que presentar las 6 últimas nóminas, pero no tienen por que ser todas del mismo trabajo, sí las 3 primeras.

Y por último, comentarte que el paro lo empezarías a cobrar el día 10 del primer.

No se si me he explicado bién, espero que te haya podido ayudar en algo. ; )

2006-08-12 04:03:16 · answer #7 · answered by Nuk 2 · 0 0

No dices de que pais eres. En España tengo entendido que no importa que hayas cambiado hace poco de trabajo, lo importante es que llevas mas de un año trabajando, así que tendrías derecho a cobrar subsidio.

Saludos

2006-08-12 04:02:57 · answer #8 · answered by chyryes 4 · 0 0

siempre un cambio es un riesgo y solamente tu valorando las caracteristicas de la empresa que te ofrece trabajo (seriedad, estabilidad, solvencia, grado de rotación de personal, etc) y comparandola con la que actualmente te tiene contratada, además de la conciencia plena de tus habilidades y capacidades para el trabajo que se requiere, podras tomar una decision responsable y de la que no despues te arrepientas por un mal consejo.

2006-08-12 03:55:56 · answer #9 · answered by emilio_mure 7 · 0 0

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