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2 respuestas

Se clasificarán como COSTOS las erogaciones o los sacrificios necesarios para la elaboración de productos o la prestación de los servicios, que constituyen el objeto del negocio.

Los GASTOS son las erogaciones o sacrificios relacionadas con la administración, las ventas y la obtención de financiamiento.

Los COSTOS DIRECTOS son los que se identifican plenamente con el producto o la actividad. Por ejemplo: los sueldos y demás prestaciones de operadores y las demás erogaciones relacionadas con la nómina de dichos trabajadores (cuotas al IMSS, INFONAVIT), los materiales, etc.

Los COSTOS INDIRECTOS son aquellos que no se pueden identificar plenamente con un producto o actividad. Por ejemplo: sueldos y demás prestaciones de los gerentes de producción, de aseguramiento de calidad y las demás erogaciones relacionados con la nómina, depreciación de maquinaria, etc.

2006-06-23 05:07:56 · answer #1 · answered by ? 5 · 0 0

ESOS CONCEPTOS LOS ENCUENTRAS EN LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA O EN ALGUN LIBRO DE CONTABILIDAD, PERO LO QUE RECUERDO ES QUE LOS GASTOS SON LOS QUE REALIZA UN NEGOCIO PARA SU FUNCIONAMIENTO, POR EJEMPLO, SI ES UN BURGER KING, LAS MESAS, LAS ESTUFAS ETC... Y LOS COSTOS SON LOS QUE REALIZAN LAS EMPRESAS EN PRODUCTOS QUE VAN A VENDER, A COMERCIALIZAR, EN EL MISMO EJEMPLO, LA CARNE Y EL PAN... LOS COSTOS DIRECTOS, OR EJEMPLO EN LA CONSTRUCCION SON , EL MATERIAL Y LA MANO DE OBRA, LOS INDIRECTOS, EL PAGO DEL SEGURIDAD SOCIAL

2006-06-23 09:45:35 · answer #2 · answered by MONI 2 · 0 0

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