English Deutsch Français Italiano Español Português 繁體中文 Bahasa Indonesia Tiếng Việt ภาษาไทย
Todas las categorías

6 respuestas

Por lo que he leido y segun la ley española:
En España: La pension de viudedad de la S.S es una prestación economica que se concede a quienes hayan tenido vinculo matrimonial con la persona fallecida y reuna
Los requisitos exigidos. Su objetivo es proteger la situación de necesidad económica ocasionada por el fallecimiento de la persona que origina la prestación.
Beneficiarios son: Personas que han tenido vínculo matrimonial con el fallecido y no han contraído nuevo matrimonio: el conyuge y los separados, divorciados y cuyo matrimonio fue declarado nulo .
Se extinguiria si contraes nuevo matrimonio, salvo que seas mayor de 61 años o menor y tengas reconocida también una pensión de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez o acreditar una minusvalía en grado superior al 65%. La pensión de viudedad debe constituir la principal o única fuente de ingresos del pensionista. Se entiende que constituye la principal fuente de ingresos, cuando el importe de la misma represente, como mínimo, el 75% del total de ingresos de aquél, en cómputo anual.o que con tu nuevo matrimonio los no superen dos veces el importe, en cómputo anual, del salario mínimo interprofesional vigente en cada momento.

2007-11-02 00:03:02 · answer #1 · answered by Ana el hada helada 6 · 0 0

Por ahora puede cobrar en proporcion a los años que estuvo casada. Cuando salga las nuevas leyes solo cobrara si recibe pension compensatoria, y por supuesto si no se ha vuelto a casar.

2007-11-02 09:38:31 · answer #2 · answered by Sabrina 5 · 0 0

Buenos días , si sos divorcia no sos viuda , viuda es la esposa , y tu fuisteis su esposa entonces no sos viuda .
En Uruguay ,Argentina, Estados unidos , Chile así son las leyes en otros países no se , pero creo que en todos a debe ser iguales
Mi primo se había divorciado y se suicido , la pensión es para sus dos hijos a la que fue su esposa no le toca nada , ni siquiera , los vienes que dejo

2007-11-02 08:26:55 · answer #3 · answered by urumax31 6 · 0 0

Pues va a ser que no, si estás divorciado no mereces pensión de viudedad.

2007-11-02 04:37:11 · answer #4 · answered by Lilith 3 · 0 0

tu pregunta no es muy precisa que digamos, porque para poderte contestar tendrías que decir en qué términos se divorciaron, si tienes hijos, si son tus hijos mayores de edad o no, si tu estás trabajando y si no lo estás el por qué (si es por causa de salud, o simplemente no tienes trabajo) etc.

Pero trataré de contestarte a lo que comúnmente se da, por lo regular el Juez dicta lo de la pensión alimenticia a favor de los hijos (menores de edad o mayores de edad pero que aún estudien) y de la ex esposa (siempre y cuando ella no esté trabajando y por causa justificable), si estos son tus casos, y el Juez sentenció al pago de pensión alimenticia a tu ex marido, aunque el haya fallecido se te tiene que seguir pagando...y se te seguirá pagando de manera proporcional (principalmente si él se volvió a casar o si tiene más hijos reconocidos (aunque no se haya casado)... Es difícil darte más explicaciones sin tu caso concreto... pero espero que te haya servido de algo mi respuesta...ah otra cosa, también tendrías que checar si murió intestado o si dejó testamento hecho, porque ahi tendrías que pelear la pensión para tus hijos (si los tienes) en caso de que él haya dejado sus bienes a otra persona...

2007-11-02 02:01:23 · answer #5 · answered by Luna77 5 · 0 0

se dice viudez y si, si puede si es que ella no tenia esposo

2007-11-02 01:56:20 · answer #6 · answered by La mas sexy 3 · 0 0

fedest.com, questions and answers