Yo colaboro con el Fundeso, fundación por los detenidos sociales, y hemos tenido casos donde no sólo las personas fueron privadas de su libertad en forma injusta, sino que fallecieron en la cárcel.
De hecho el 80 % de la población carcelaria es sólo procesada y en Argentina hay aproximadamente 70000 personas, o sea, que 56000 se encuentran privadas de su libertad con prisión preventiva, y lamentablemente, los jueces son muy renuentes a la aplicación del 2x1 ya que muchos de ese 80% se encontrarían en condiciones de salir.
Peor aún es la situación de las madres privadas de su libertad, que se encuentran en unidades penitenciarias con sus pequeños hijos hasta que cumplen los 4 años, opino que es una ilegítima privación de la libertad de estos menores.Sería una alternativa dar prisión domiciliaria a esas madres con la famosa pulsera magnética, a los efectos que esos pibitos no estén privados de su libertad injustamente.
Por el principio del in dubio pro reo, en caso de duda a favor del reo, principio de inocencia, es el Estado que ejerce el ministerio público y en consecuencia, debe probar que una persona es culpable de un delito. Pero en nuestro país se ha invertido ilegítimamente este principio de inocencia, y la mayoría de personas privadas de su libertad se encuentran tras las rejas, ya que carecen de dinero para una defensa adecuada (la defensa oficial hace poco y nada por estas personas) y pierden años esperando que salgan sus juicios, para posteriormente, "descubrir" que eran inocentes y salir con su vida hecha añicos. Claro, el art. 18 CN establece que las cárceles deben ser sanas y limpias, para reeducación de los reos y no para su castigo, pero lamentablemente, esta letra es Alicia en el país de las maravillas, y las cárceles son pestilente, hacinadas, foco de mil infecciones, donde prácticamente no existen condiciones de salud óptimas por ejemplo, para las personas con serología positiva (nos especializamos en esta temática de cárcel y sida). El Estado es responsable por la guarda de estas personas, y como sucedió en la U28 de Magdalena en octubre de 2005, mueren 33 personas por un incendio, un cromagnon intramuros, con la responsabilidad del Estado. De hecho, el hijo de una de nuestras consultantes falleció en la U2 de Sierra Chica, y por negligencia y mala praxis del Estado bonaerense, se han iniciado las acciones legales correspondientes por daños y perjuicios y mala praxis médica. En este tipo de juicios, no existe tarifa que limite un pedido de indemnización, y el monto de la misma se determinará por la producción de la prueba, como pérdida de chance, daño moral, daño psicológico, daños en la salud de aquellos que sobreviven a la vida intramuros, en el caso de las desapariciones forzadas se estableció una indemnización de $200.000 aproximadamente, que actualmente son el equivalente a poco menos de u$s 70.000 pero previa realización de un expediente denominado ausencia por desaparición forzada, donde se determinaba que la persona, luego de casi 30 años, se presume que ha fallecido, y esta presunción legal enardeció a algunos sectores de las madres de plaza de mayo, que siempre han defendido el lema "aparición con vida y castigo a los culpables", bueno, más allá de las polémicas, esta ley 24411 relacionada con el terrorismo de estado, podría ampliarse por analogía a estos casos que son muy numerosos donde se detiene a personas inocentes, de esta manera los jueces se cuidarían más al momento de decretar una "pepa" (PP prisión preventiva) y es más, esta suerte de indemnización tarifada tendría que ser descontada, como un tributo, del sueldo de estos jueces que desprecian los derechos humanos de las personas privadas de su libertad, como vemos el estado sigue siendo terrorista aunque no esté a cargo de un gobierno militar.
Existen honrosas excepciones (que lamentablemente, confirman la regla), como el titular de un TOC que es nuestro coordinador en un relevamiento de cárceles que hemos hecho con ONUSIDA y debe ser, sino el único, uno de los pocos magistrados que se llega hasta las unidades penitenciarias para interesarse por las condiciones de sus presos.
Ahora pienso, que si el oficialismo como ellos mismos dicen, son los "campeones" de los derechos humanos, parece que para las personas privadas de su libertad no hay derechos humanos.... este es el concepto de preso social, un conjunto de personas que han sido objeto de segregación, injusticia social y explotación de siglos, los descendientes de los pueblos originarios (si vas a las cárceles son contadas las personas rubias de ojos claros, la mayoría son morenos hijos del sol, como cantaría jorge cafrune) que sólo por ser "portador de rostro" ya se halla atravesado por la ley, a pesar que no haya cometido delito alguno.
Finalmente, interpreto que el sistema carcelario es un gran negocio del Estado, por eso no es abolido ( se comprobó hace rato, que la cárcel no sirve para nada) sabemos que en las unidades penitenciarias las diferencias sociales se agudizan a la enésima potencia, y tenés ex represores, capos de barras bravas o jefes de grandes bandas, que se encuentran en cárceles vip de 5 estrellas, con tv plasma, calefacción, dvd microhondas y internet, cuando en otros yompas (pabellones) no tienen para comer y se revuelven en medio del excremento añejado de años... claro, esto no es gratuito y los presos "ricos" pagan fortunas para mantener esas condiciones lujosas en los penales, hasta que se les termina el dinero... esto es la caja chica penitenciaría, junto con el enorme mercado negro que funciona intramuros (en Argentina, por regla, no puede manejarse dinero dentro de las cárceles) si hasta ha habido casos en los cuales, algunas personas privadas de su libertad obtenían "salidas laborales" delinquiendo por encargo de sus mismos carceleros...
Es muy dificil esta realidad, pero sino hacemos algo por cambiarla, va a ser mucho peor.
Salu2
2007-06-30 02:36:33
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answer #4
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answered by Patroclo 6
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