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Pregunta dirigida a estudiantes, maestros y/o abogados en derecho, al contestar esta pregunta si es posible favor de señalar fundamentos de doctrina, legislación o jurisprudencia disponible, gracias.

2007-03-27 15:34:25 · 1 respuestas · pregunta de Claudio 1 en Ciencias sociales Otros - Ciencias sociales

1 respuestas

No son lo mismo.
Es a partir del principio de mínima intervención o de utilización del derecho penal como última herramienta dentro de las posibilidades que el Estado tiene, a partir del programa de resolución de conflictos establecido en su Constitución Política, que se generan una serie de limitaciones al derecho penal (para que éste sea mínimo), que algunos autores dividen en cuatro grandes líneas de principios: principios que limitan la construcción de la ilicitud penal, principios que excluyen la ilicitud penal, principios que excluyen o limitan la responsabilidad penal y principios que limitan o excluyen la aplicación de una pena en concreto.
El principio de proporcionalidad entra en la segunda línea, la de los principios que excluyen la ilicitud penal, y se define en sentido que la intensidad de la reacción penal violenta impone un retroceso cuando su aplicación causará más daño social que el hecho mismo o alterará la vida social de un modo más grave que la conducta prevista como una de las que podría constituir un acto ilícito. Es decir: la ilicitud, de acuerdo a este principio, es siempre una relación entre el hecho y la respuesta estatal, entre el delito y la pena, y ninguna de esas dos categorías tiene entidad por fuera de esa relación.
Hay una serie de consecuencias para el derecho penal a partir de esto, pero sería demasiado largo de escribir aquí. Si quieres puedo enviarte una presentación en power point donde se resumen estos conceptos.

2007-03-27 17:24:16 · answer #1 · answered by letuchia 2 · 0 0

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