Ami me secuestrarón quince meses en las COES Cuerpo de Operaciones Especiales, guerrilleros, boinas verdes, salí con mención de honor y juré la Constitución que no cumplen pues me tienen ninguneado en el paro y sin cobrar nada de nada, a mi padre el Estado lo dejó sin ingresar en un hospital de la seguridad social y tuve que huir a un hospital de Bilbao para salvarle la vida, pero tan tarde que se quedó postrado en una cama y lo tuve que cuidar ocho años, sin cobrar y sin cotizarme, creo que tenemos la españa más presuntamente asesina de la historia, mata a sus hijos por motivos económicos, les ningunea y les niega los derechos a la vida y a la sanidad, bueno hay tienes la historia de tus insumisos.
Era de nombre Carmelo, pero el apellido no me acuerdo, y ponía en todas las paredes Carmelo libre ya,.El fin del servicio militar obligatorio no ha acabado con los problemas de quienes se declararon insumisos. El cántabro Jesús Prieto lo sufrió en sus propias carnes el pasado jueves, cuando fue detenido en Barcelona mientras se encontraba de vacaciones.
El pasado día 8, el pleno del Senado aprobó por unanimidad la Ley Orgánica que modifica el Código Penal común y el militar para eliminar los delitos de insumisión.
Más de una semana después de que el proyecto culminase su tramitación parlamentaria, los cinco últimos insumisos siguen cumpliendo unas condenas que no sólo serán suspendidas cuando la reforma entre en vigor, sino eliminadas con carácter retroactivo e incluso borradas de sus antecedentes penales. Si la Administración no pone algún remedio pueden continuar varios meses más en prisión.
Las Cortes imprimieron una extraordinaria celeridad al proyecto de ley que elimina los delitos de insumisión. La reforma inició su tramitación en el Congreso de los Diputados el pasado 8 de marzo y sólo dos meses después ya la había culminado totalmente en el Senado.
Los grupos parlamentarios acordaron tramitar la iniciativa por el procedimiento de urgencia y lectura única, para acortar al máximo los plazos. Se consideró que no tenía sentido alargar innecesariamente el castigo de quienes se enfrentaron a un servicio militar obligatorio que pasó a la historia el 31 de diciembre pasado.
El 11 de abril, el Ministerio de Justicia difundió unas declaraciones de su titular, Ángel Acebes, en las que anunciaba que "en aproximadamente veinte días entrará en vigor la desaparición de los delitos de insumisión". "El efecto inmediato de la medida", explicó, "será que las personas que cumplen penas por estos delitos, así como las que están inmersas en procedimientos en curso, vean cómo se suspenden unas y otros".
El pronóstico del ministro no se ha cumplido. Ni siquiera se sabe aún cuándo se cumplirá. Más de una semana después de que el Senado diera el visto bueno el proyecto, y de que lo hiciera por unanimidad, hecho absolutamente inusual, la ley no se ha publicado en el BOE.
Un portavoz del Ministerio de Presidencia, del que depende el boletín oficial, indicó ayer que hay una serie de trámites que cumplir y que previsiblemente el texto no se publicará antes de finales de la semana próxima.
Una vez que la ley se publique, habrá que esperar veinticuatro horas para su entrada en vigor. A partir de ese momento, los jueces dispondrán de seis meses para aplicarla, de oficio o a petición de parte, ya que el PP rechazó una propuesta para acortar dicho plazo a sólo tres meses.
Lo que resulta insólito, a juicio de los juristas consultados, es que se mantenga a personas en prisión por razones exclusivamente burocráticas, cuando la legislación española reserva las penas de privación de libertad para delitos especialmente graves.
No es sólo que ya se sepa que el delito va a desaparecer, sino que lo hará con carácter retroactivo, de forma que las condenas serán revisadas, los procedimientos archivados y los antecedentes cancelados.
Permisos extraordinarios
Lo lógico sería arbitrar medidas para que los afectados pudiesen esperar en libertad la culminación de los trámites administrativos. Por ejemplo, mediante la concesión de un permiso extraordinario de carácter indefinido o la aplicación de una modalidad de tercer grado que no les obligara a pernoctar entre rejas, como sucede ahora.
Fuentes de Instituciones Penitenciarias sostienen que una decisión de este tipo es competencia de los jueces de vigilancia y no de la Administración, aunque hay precedentes de que no siempre ha sido así.
Mientras, Alberto Estefanía Hurtado, de treinta y un años, Javier Rodríguez Hidalgo, de veintiséis, y Óscar Cervera García, de treinta, regresan cada noche a la cárcel militar de Alcalá de Henares (Madrid).
Ander Eiguren Gandarias, de treinta y cinco años, y José Ignacio Royo Prieto, de veintiocho, hacen lo mismo en la prisión de Basauri (Vizcaya).
Ander sospecha que la ley "se está demorando deliberadamente", pues dos insumisos obtendrán la libertad condicional a fin de mes, mientras Óscar lo atribuye al "ensañamiento con el que siempre se ha reprimido la insumisión".
Ninguno ha pedido el indulto ni parece demasiado preocupado por la prórroga de su estancia en la cárcel. Aceptan su sacrificio voluntario como una forma de lucha en favor de sus ideales antimilitaristas.
Pero, en una sociedad democrática, sostienen los juristas, a ningún recluso se le pregunta si quiere estar en prisión. Es el Estado el que decide si debe estarlo o no
un saludo.
2007-03-15 10:16:05
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answer #3
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answered by Fora Aranda de Duero Villaba 7
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