lo primero que debes preguntarte en que te a ofendido en lo personal; y en lo general con tu familia, conoce su historia desde su origen hasta nuestros días y has lo que quieras porque se supone que tienes decisiones propias
2007-03-08 13:38:13
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answer #1
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answered by tres dedos 1
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Si te digo que te documentes sobre lo que hablas no lo haras, pero es resumen te digo que la Excomunión es la una pena impuesta por ciertos pecados y que separa a una persona parcialmente de la vida de la Iglesia, es decir de los sacramentos, ahora bien una persona puede excomulgarse a si misma al rechaza a la Iglesia, asi es que no te preocupes vos solito te has excomulgado.
Vos no podes excomulgar a nadie porque no sos Iglesia instituida, te copia algo al rato si lees
Catecismo 1463:
Ciertos pecados particularmente graves están sancionados con la excomunión, la pena eclesiástica más severa, que impide la recepción de los sacramentos y el ejercicio de ciertos actos eclesiásticos, y cuya absolución, por consiguiente, sólo puede ser concedida, según el derecho de la Iglesia, por el Papa, por el Obispo del lugar, o por sacerdotes autorizados por ellos. En caso de peligro de muerte, todo sacerdote, incluso privado de la facultad de oír confesiones, puede absolver de cualquier pecado y de toda excomunión.
Mas allá de la pérdida de la gracia, la excomunión implica una ruptura con de los vínculos que nos unen a Cristo por medio de su Iglesia. La excomunión no pone a la persona fuera de la Iglesia pero si la separa de la participación de su comunión. Es posible también la auto-excomunión, cuando la persona rompe los vínculos de comunión con la Iglesia.
La excomunión automática (latae sententiae) "de modo que incurre ipso facto en ella quien comete el delito". Se trata de delitos sumamente graves: apostasía, herejía o cisma. (Canon 1364); la violación directa del sacramento de la confesión por un sacerdote (Canon 1388); el procurar o participar en un aborto o la cooperación necesaria para que un aborto se lleve a cabo (CIC 2272; Ley Canónica 1398).
En otros casos la excomunión ocurre por un proceso formal (ferendae sententiae) (Cánones 1314, 1341).
La ley canónica advierte algunos factores que quitan imputabilidad - ignorancia de la ley, falta de libertad, etc. (Canon 1323). Otros factores pueden disminuir la culpa, como el uso imperfecto de la razón e ignorancia de la pena envuelta por la violación. (1324.3).
Efectos de la excomunión
El efecto mas notable de la excomunión es la exclusión de la recepción o administración de los sacramentos, incluso de la confesión, ya que no puede haber reconciliación de algunos pecados mientras no hay arrepentimiento de uno que sea mortal. (cf. Canon 1331.1.2) Lamentablemente, con frecuencia personas que han incurrido excomunión automática continúan recibiendo los sacramentos sin arrepentirse. Estos cometen un sacrilegio y quien les aconseja a continuar en el error los está encerrando en el pecado.
Se les prohibe además ejercer oficios o funciones eclesiásticas. Si la excomunión ha sido impuesta públicamente, todo atento de ejercer un oficio eclesiástico es inválido
El fin de la excomunión es medicinal
Es el pecador, y no la Iglesia, quien rompe la comunión. La Iglesia, como madre y maestra, debe advertir sobre la seriedad de los males mortales para el alma y las consecuencias, con el propósito de atraer al pecador al arrepentimiento y el retorno a la comunión. Pero si este se obstina en el pecado, la excomunión le sirve para entender claramente su situación. En casos de pecado grave y público, la Iglesia tiene además la obligación de proteger a sus fieles del escándalo que ocurre cuando se aparenta que el pecado grave es compatible con la práctica de la fe. El arrepentimiento hace posible la absolución de la excomunión (cf. CCC 1463).
San Pablo:
Y ¡vosotros andáis tan hinchados! Y no habéis hecho más bien duelo para que fuera expulsado de entre vosotros el autor de semejante acción. Pues bien, yo por mi parte corporalmente ausente, pero presente en espíritu, he juzgado ya, como si me hallara presente, al que así obró: que en nombre del Señor Jesús, reunidos vosotros y mi espíritu, con el poder de Jesús Señor nuestro, sea entregado ese individuo a Satanás para destrucción de la carne, a fin de que el espíritu se salve en el Día del Señor. ¡No es como para gloriaros! ¿No sabéis que un poco de levadura fermenta toda la masa? - I Corintios 5:2-6
El lenguaje de San Pablo parece duro para la mente moderna que no entiende la gravedad del pecado. En realidad San Pablo conoce mucho mejor la realidad del hombre y desea salvar del infierno tanto al que cometió el grave pecado como a la comunidad. Estima que sacar al hombre de la comunidad le servirá para comprender su mal y volver arrepentido. Quiere la "destrucción" de su carne (las tendencias de pecado) para que se salve para la eternidad.
Catecismo 2272: Iglesia no pretende restringir el ámbito de la misericordia; lo que hace es manifestar la gravedad del crimen cometido, el daño irreparable causado al inocente a quien se da muerte, a sus padres y a toda la sociedad.
La pena de excomunión siempre ha existido en la Iglesia. Hay referencias a ella ya en los primeros concilios (ej. Nicea, 325d.C.). La pena de excomunión pública es poco frecuente. El caso mas notable después del Concilio Vaticano es el del Arzobispo Lefebre (m.1991), quien comenzó un cisma al consagrar obispos sin el permiso del Papa.
Bendiciones
2007-03-08 23:01:14
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answer #3
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answered by Bartimeo 5
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Si te refieres a excomulgarte tu mismo, pues con no ir es mas que suficiente, ahora que si quieres excomulgar a alguien mas, a menos que seas obispo, no.
2007-03-08 21:29:25
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answer #5
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answered by pulguita picosa 5
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Solo deja de ir, no tienes que llenar ningún formato, capaz de que te hacen esperar un siglo para contestar.
2007-03-08 21:28:42
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answer #6
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answered by Anonymous
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