English Deutsch Français Italiano Español Português 繁體中文 Bahasa Indonesia Tiếng Việt ภาษาไทย
Todas las categorías

sin hacer sucesion y estando la casa a nombre de los dos esposos y habiendola comprado sin alluda monetaria de los hijos hay algun tramite mas sencillo para no tener que hacer susecion que es muy caro y poder vender gracias

2007-02-18 05:27:52 · 8 respuestas · pregunta de rosa65 1 en Política y gobierno Leyes y Ética

8 respuestas

la suceciion solo se practica cuando no hay testamento .En este caso si la escritura de la casa esta a nombre de los dos y uno de los dos muere. La casa queda a nombre del conyuge superstite por ley, por lo menos eso es en la Argentina

2007-02-18 06:13:11 · answer #1 · answered by Victor Hugo S 6 · 0 1

Primero necesitas un abogado ya que si se murió el esposo, la esposa no puede disponer del bien ya que están unidos por el vínculo del matrimonio y mucho menos si tienen hijos, ya que las líneas de sucesión son muy importantes.

2007-02-18 16:02:54 · answer #2 · answered by lissy_D 3 · 1 0

IMPOSIBLE, NO SE PUEDE VENDER SIN HACER LA SUCESIÒN.
AUNQUE LOS HIJOS NO AYUDARAN, SON LOS HEREDEROS FORZOSOS DEL PADRE Y VOS NO PODÈS DISPONER DEL BIEN (PARA UNA VENTA), PORQUE ES UN BIEN GANANCIAL Y SOS DUEÑA DE SOLO EL CINCUENTA POR CIENTO.
Y SI TUS HIJOS SE PUSIERAN DE ACUERDO CON VOS PARA VENDER Y TODOS FIRMARAN, IGUAL SIN SUCESIÒN NO HAY VENTA.

2007-02-18 14:11:01 · answer #3 · answered by Tereg 7 · 1 0

Todo inmueble adquirido por uno o los dos cónyuges, al fallecimiento de cualquiera de ellos se debe realizar el juicio sucesorio, medie o no testamento dado que -a los efectos de tu consulta- éste nada tiene que ver con la transmisión hereditaria. Habiendo hijos, que hayan o no colaborado en la adquisión de aquel, al cónyuge supérstite le corresponde el 50% del inmueble a título de "socio" de la sociedad conyugal, el otro 50% restante lo hereda el hijo del supérstite. De cualquier manera, para disponer de dicho bien es ineludible realizar el juicio sucesorio y cuya declaratoria de herederos que dicta el juez se inscribe en el Registro de la Propiedad. Para mayor economía, se puede evitar inscribir dicha declaratoria y hacer la venta directa por tracto abreviado. Tal es, en términos generales, el régimen legal vigente en la Argentina de acuerdo a nuestro Codigo Civil.
Suerte y saludos.

2007-02-18 15:12:03 · answer #4 · answered by Robert Towers 5 · 0 0

Yo creo que si lo hay pero deberas consultarlo con un notario publico, posiblemente se necesite la anuencia de los hijos. Pero lo mejor es consultar con el Notario., Esta consulta no ocasiona ningun cobro.

2007-02-18 13:40:22 · answer #5 · answered by Anonymous · 0 0

tendrias q hablar con un abogado de confianza... suerte!

2007-02-18 13:37:08 · answer #6 · answered by Eliii 4 · 0 0

Seguro la casa se la va a quedar un abogado.

suerte, la vas a necesitar

2007-02-18 17:41:56 · answer #7 · answered by ElReyCuervo 2 · 0 1

Necesariamente la parte que le correspondía al esposo debió estar testamentada a favor de la esposa. Si no, hasta que se siga un intestado, la esposa solamente puede tocar la parte que le corresponde de la casa.

2007-02-18 15:57:55 · answer #8 · answered by Almeja 7 · 0 1

fedest.com, questions and answers