Hay dos clases de leyes estatales: Las leyes orgánicas y las leyes ordinarias, ambas emanan del congreso de los diputados.
Las leyes orgánicas requieren una mayoría cualiificada para su aprobación (la mitad mas uno) y regulan o desarrollan asuntos que implican derechos fundamentales, como p. ej: Los planes educativos, sanidad, vivienda, telecomunicaciones, partidos políticos, sindicatos, el poder judicial et, etc...
Los estatutos de autonomía fueron creados y son regulados mediante leyes orgánicas (las leyes orgánicas de creación de los diferentes estatutos de autonomía)
Las leyes ordinarias se aprueban por mayoría simple de los votantes del congreso.
Las leyes autonómicas son las que emanan o provienen de los parlamentos autonómicos, los parlamentos de las diferentes comunidades autónomas y sólo tienen vigencia dentro del terrirotio de la comunidad autónoma correspondiente.
En cuanto a la jerarquía de las mismas: todas aquellas normas con rango de ley tienen la misma jerarquía (ya sean leyes orgánicas, ordinarias o autonómicas), lo único que las diferencia es su ámbito de aplicación. Todas ellas tienen su límite en la Constitución, es decir, ninguna de ellas puede contradecir el contenido constitucional, pues toda ley (sea del tipo que sea)tiene como fin último desarrollar los preceptos constitucionales.
2007-02-11 00:50:32
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answer #1
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answered by Anonymous
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Las principales leyes son organicas y ordinarias no te lies, las organicas normalmente versan sobre los derechos y deberes fundamentales regulados en la constitucion, y ninguna ley puede ser contraria a ella. suelen ser la base para que las administraciones inferiores como la administracion autonomica y la estatal dicten leyes en base a la materia que regule una ley ordinaria y nunca debe ser contraaria a ella.
2007-02-08 17:45:05
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answer #2
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answered by LYSA 1
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Las Leyes Orgánicas de España siempre son estatales. Una ley orgánica no puede ser ordinaria (es otro tipo de ley estatal) ni autonómica (las CC.AA. no pueden promulgar leyes orgánicas).
2007-02-08 07:21:28
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answer #3
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answered by Yocon Testo 4
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Una Ley Orgánica, frente a una Ley ordinaria, es aquella que se encuentra en un nivel jerárquico superior, o que se requiere constitucionalmente para regular ciertas materias. Son necesarios unos requisitos extraordinarios para su aprobación (por ejemplo, mayoría absoluta o cualificada, en lugar de mayoría ordinaria).
En los países en donde existe este escalón intermedio entre la Ley y la Constitución es normal que se limite su aplicación a una serie de materias concretas (a este también se le denomina reserva de Ley orgánica). El fundamento de esta limitación es doble:
Obligar a la regulación con amplia mayoría parlamentaria de ciertas materias muy sensibles.
Evitar esa regulación, que es mucho más difícil de modificar, en otro tipo de materias más cambiantes y que necesitan de mayor flexibilidad en su regulación.
El antecedente jurídico más inmediato de las leyes orgánicas en Derecho comparado se encuentra en el derecho francés, en concreto en la Constitución francesa de 1958 que estableció un escalón intermedio entre la norma constitucional y las leyes ordinarias.
habiendo leido esto, creo que son estatales.
2007-02-08 06:09:13
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answer #4
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answered by Anonymous
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Si es orgánica no puede ser ordinaria, creo que te has liado.
Las Leyes orgánicas son estatales.
2007-02-08 06:04:56
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answer #5
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answered by Ion 3
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