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Muchas gracias!!!

2007-02-06 05:34:38 · 2 respuestas · pregunta de Anonymous en Educación Otros - Educación

2 respuestas

Las excepciones pueden oponerse en un Proceso para dilatar el litigio, en muchos casos son consideradas 'defensas' ante el mal accionar de la contraparte. Por ejemplo: Las excepciones de previo y especial pronunciamiento, falsedad de título, falta de personería, vencimiento de plazo, etc.

Algunos sostienen que las defensas son otras como la interposición de recursos (apelación, aclaratoria, revocatoria, inhibitoria, etc). Y las defensas clásicas como Contestación de Demanda y ofrecimiento de pruebas.

Saludos

2007-02-06 05:55:57 · answer #1 · answered by Edu 1 · 0 0

la excepcion tiene dos significado: el el sentido amplio seria la oposición frente a la demanda.Vendria a ser como la contrapartida de la acción. En el sentido restringido, es una oposicion que sin negar fundamento a la demanda, trata de impedir la prosecución del juicio paralizandolo momentaneamente o bien extinguiendolo definitivamente. Segun se trate sera excepcion dilatoria o perentoria.
la defensa es al general. Es el alegato favorable a una parte. Quizas sea comparada con la excepcion en el sentido amplio

2007-02-06 13:49:33 · answer #2 · answered by Victor Hugo S 6 · 0 0

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