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9 respuestas

Tengo entendido que si llegaron a realizar un contrato verbal es tan valido como uno escrito. Debes tomar en cuenta el arreglo verbal que hicieron en relacion al tiempo de alquiler... te recomiendo que te asesores con un abogado o con alguna persona del tribunal.

Aprende la leccion. NO HAGAS CONTRATOS DE VIVIENDA SIN TENERLO POR ESCRITO CON LAS REGLAS QUE AMBOS ESTIPULEN>>> para que despues no vengan los lamentos

2007-02-04 06:59:35 · answer #1 · answered by Anonymous · 1 1

Siempre se puede denuncia a otra persona si el denunciante, o sea vos, en este caso estas a regla con todo.
Digo, si el te corta la luz sera por algo, quizas no estes al dia con el pago del alquiler, pero si estas al dia y no debes nada, por supuesto que podes denunciarlo auqnue sea con dueño directo.

2007-02-07 02:58:21 · answer #2 · answered by ntpsdmc 4 · 0 0

Si no hay contrato escrito, no hay modo de demostrar que hayan convenido un alquiler. Por lo tanto, el dueño de la propiedad puede argumentar que estás usurpando su casa y exigir que te vayas. No lo puedes denunciar porque no existe la forma de demostrar que el se comprometió a prestarte el servicio de alquiler de su casa. Saludos...

2007-02-05 12:52:21 · answer #3 · answered by Oscar M 3 · 0 0

A tu pregunta le faltan mas de la mitad de los datos en primer lugar por que te corre (Falta de pago?), se venció el plazo convenido?
en argentina es de dos años con o sin contrato, para uso habitacional, le habrás pagado aunque sea el primer mes en el recibo consta la fecha de pago, la boleta de la luz la pagas tú o prefieres que te la pague también él ; puede ser que le estés haciendo destrozos y no los reparas y quedan muchas preguntas mas para saber el porque.Una vez echa la denuncia o el juicio el que pierde paga.

2007-02-04 08:52:12 · answer #4 · answered by benaldo65 2 · 0 0

Depende de donde vivas.
Sin embargo en México es muy fácil legalmente tu situación mas no asi la de el dueño de la casa donde tu habitas.
Primero que nada debes de estar al corriente con tus pagos de renta.
Si el se niega a recibir la renta correspondiente, tienes que asesorarte con un abogado para que puntualmente sigas depositando la renta en el juzgado correspodiente.
De igual forma puedes acudir personalmente a la Cia. de Luz y Fuerza, para solicitar que te instalen un medidor de energia electrica ya que tu estas arrendando el domicilio y que el Casero no te entrego contrato de arrendamiento no obstante que ya tienes (y pruebalo con documentación) tiempo viviendo ahi.
Asesorate con un buen abogado, porque el Casero cometio un error gravisimo desde el punto de vista legal al suspender arbitrariamente la energia electrica del domicilio donde tu vives.
Es su casa pero donde tu vives es tu hogar.
Y nadie puede ser molestado en su persona o bienes a menos de mandato expreso de autoridad competente.
Mientras tu cumplas puntualmente con el pago de renta.
Nadie ni el casero de la casa que el te Renta tiene derecho alguno de molestarte bajo ninguna circunstancia.
Suerte...y asesorate con un buen abogado cuanto antes.

2007-02-04 08:50:20 · answer #5 · answered by Anonymous · 0 0

El código civil prevee que a falta de contrato escrito se regirá por lo el propio código.
Con base en ello es responsabilidad del arrendatario proveer todos los servicios, por tanto puedes denunciarlo.

2007-02-04 08:28:51 · answer #6 · answered by berenice 3 · 0 0

si es un delito grave ,le tocan hasta 4 años de carcel

2007-02-04 07:55:05 · answer #7 · answered by Anonymous · 0 0

Si te quiere correr es porque no pagas la renta y quieres vivir de gratis, crees tú que ésto es correcto? Te gustaría que te lo hicieran a tí?.

2007-02-04 07:02:06 · answer #8 · answered by Amigo-te 3 · 1 1

NO puedes decnunciarlo
NO ES TU CASA y si corta la luz, es un derecho que el dueño de una casa tiene por ser su propiedad.
TU nada tienes que hacer ahi.
Para la proxima vez, haz un contrato que especifique las condiciones del arrendamiento (renta) y asi evitar problemas con los dueños.

suerte

2007-02-04 07:11:40 · answer #9 · answered by Anonymous · 0 1

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