English Deutsch Français Italiano Español Português 繁體中文 Bahasa Indonesia Tiếng Việt ภาษาไทย
Todas las categorías

3 respuestas

Como te ha dicho guapita, si vuelves a trabajar, se congela automaticamente. Si despues de este empleo vuelves a quedar en paro (Dios no lo quiera!) y en este empleo se te ha generado derecho nuevo, tienes que escoger entre cobrar lo que te quedaba pendiente del paro anterior, o cobrar el nuevo. Es sencillo, miras el dinero que te corresponderia y el periodo de tiempo que puedes cobrar y escoges el que te resulte mas favorable. A mi me ocurrio una vez y la empleada del INEM me ayudo a escoger y me aconsejo muy bien.
Espero que no necesites volver a cobrar el paro y que te vaya muy bien en tu nuevo empleo. Si el nuevo empleo esta previwsto para poca duracion, no hay problema. Despues continuas cobrando tu paro.

2007-02-01 19:01:32 · answer #1 · answered by Anonymous · 0 0

Volver a emplearte en el Régimen General otra vez. Se te acumulará para tu proxima necesidad excepto que cumplas 65 años.

Enrique P.

2007-02-02 07:21:19 · answer #2 · answered by LEPASA 7 · 0 0

Pues creo que si mis contactos no me fallan, que no puedes hacer nada porq la normativa en España ha cambiado en el caso de que vivas en mi pais. Me explico, si tu estas cobrando el paro y te llaman de algún sitio para empezar a trabajar de nuevo o bien sigues cobrando el paro porq te interesa mas o bien pierdes los meses que te queden por cobrar. No se te acumulan con el siguiente paro, es una lástima pero es así..espero haber podido ayudarte si te vas a trabajar la próxima vez que tengas derecho a paro tienes que elegir entre el periodo anterior que te quedaba por cobrar o el nuevo, es decir, no es acumulable!! Suerte

2007-02-01 20:04:12 · answer #3 · answered by guapita 3 · 0 0

fedest.com, questions and answers