MI PREGUNTA ANTERIOR ES QUE !SI ES VALIDO¡, BAJO QUE LEY, REGLAMENTO O ARTICULO ESPECIFICA QUE UN FEDERAL DE CAMINOS PUEDE QUITARTE TU LICENCIA DE MANEJO, EN CASO CONTRARIO EN DONDE SE PUEDE LEVANTAR O DENUNCIAR ESTA ANOMALIA? NOTA ES EN LAS AUTOPISTAS DE MEXICO, LO ANTERIOR ES PORQUE UN FEDERAL ME INFRACCIONO POR ESTACIONARME DE EMERGENCIA EN UN ACOTAMIENTO, HASTA DONDE YO SE LOS ACOTAMIENTOS SON PRECISAMENTE PARA EL CASO DE ALGUNA EMERGENCIA Y NO PRECISAMENTE FISIOLOGICA
2007-02-01
07:30:34
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pregunta de
alejandro l
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Política y gobierno
➔ Policía