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encontre esto en una de las clausulas de un contrato que estoy por firmar que dice mas o menos asi: Si por algún motivo se incumpliera la cláusula anterior no se entenderá como "novado" el presente contrato

2007-01-30 10:35:42 · 3 respuestas · pregunta de Rody 1 en Educación Otros - Educación

3 respuestas

En Derecho Novación significa: Sustitución de una obligación por otra otorgada, de modo que la primera queda anulada: la novación, compensación y remisión de la deuda extinguen la obligación, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1 14
No se de que se trata lo que debés firmar pero pareciera que implica un cambio en algo por lo que "no será novado" significaría que no se produciría ese cambio o sustitución.

2007-01-31 16:12:56 · answer #1 · answered by melanaclara 4 · 2 1

que ha sustituído con una obligación otra otorgada anteriormente, la cual queda anulada en este acto.

2007-01-30 10:44:43 · answer #2 · answered by George 2 · 0 0

novador, ra. (Del lat. novātor, -ōris). m. y f. Persona inventora de novedades. Era u., entre los siglos XV y XIX, para referirse a quien las inventaba peligrosas en materia de doctrina. || 2. Persona que pertenecía a un movimiento de renovación de la ciencia española durante los siglos XVII y XVIII.

2007-01-30 10:48:09 · answer #3 · answered by Anonymous · 0 3

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