Imaginen que un matrimonio se casa y cada una de las partes recibe de sus familiares los distintos regalos de casamiento, pero otros de uso personal o laboral los adquieren con su ingreso o sencillamente a traves de un regalo, LA PREGUNTA ES; SI BIEN LA CAMA ES DE USO COMUN O UNA CAMARA DE FOTOS O LO QUE FUERE ES DE USO COMUN, PERO SI SUPONGAMOS EL MATRIMONIO SE DESHACE, QUIEN SE DEBE LLEVAR LOS BIENES Y DE ACUERDO A QUE LOGICA?a ver. Supongamos que a la mujer la madre le regala una licuadora para la casa y luego se divorcia del esposo, a este le corresponde llevarsela o como se procede?no la compraron ellos, tambien en caso de llebarsela el esposo, no debe avisarle o preguntarle si la precisa?
2007-01-21
14:31:36
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9 respuestas
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pregunta de
susana p
4
en
Política y gobierno
➔ Leyes y Ética
En caso que haya existido un casamiento solo por interes monetario, como se justificaria la ley ganancial en ese caso?en caso que luego exista un divorcio logicamente.
2007-01-21
14:44:17 ·
update #1
Aclaro esto: "en Argentina" HAY MATRIMONIOS EN QUE UNO DE LOS 2 EFECTUA UNA COMPRA DE UN INMUEBLE Y LO HACE CONSTAR EN ACTAS COMO LO QUE SE LLAMA "BIEN PROPIO" O SEA QUE QUEDA FUERA DE LOS BIENES GANANCIALES, EMPERO LOS UNICOS QUE HEREDAN EN ESE CASO O COMPARTEN PASAN EN EL FUTURO A SER LOS HIJOS DE ESA PERSONA Y "NO ASI SU CONYUGE". Claro esta que pienso que tampoco es sano en cualquier vinculo eso de "lo tuyo es mio y lo mio es tuyo" porque entonces se pierde bastante la privacidad y el derecho de uno comienza donde termina el del otro, aunque se compartan los bienes, asi sea el uso de una cuchara(es un ej. vano pero bien vale). Hay casos donde uno le regala al otro 1 perro por ej. pasan los años y el perro pasa a ser un bien ganancial, debido a que todos los de la familia le dan de comer, o lo pasean, pero en una situacion de divorcio, que ocurre con el perro?. De quien es el perro?ya hubo un caso publico donde se involucraba un pobrecito animal.
2007-01-21
17:13:10 ·
update #2
Desde el momento en que se casan todos los objetos son bienes gananciales y les corresponden a los dos excepto que haya sido un adelanto de herencia, y los binenes de antes de casado son de cada uno.
2007-01-21 14:37:15
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answer #1
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answered by german83 2
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Hay dos tipos de contratos matrimoniales: Por bienes separados y por bienes mancomunados. En el primer caso, los dos conservarán sus posesiones después del divorcio y, en el segundo caso, se tendrá que llegar a un arreglo para definir cómo se disolverá la sociedad conyugal y cómo se repartirán los bienes.
2007-01-21 14:42:16
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answer #2
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answered by Clìstenes 4
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2017-03-10 00:30:25
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answer #3
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answered by ? 3
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el tema es asi:
Los bienes aportados a la sociedad conyugal por cada uno de los esposos es de propiedad de quien los aporto. Bien, ahora, hay que tener presente un principio que nos va a poder desifrar algunas cosas... LOS FRUTOS DE LOS BIENES PROPIOS SON GANANCIALES... Esto significa: la fuerza de trabajo de una persona es un bien propio, pero los frutos de ese trabajo seria el sueldo percibido, el cual seria ganancial, asi como todos los bienes adquiridos con ese dinero. las donaciones quedan fuera del regimen ganancial, asi como tambien las herencias... como donaciones no debemos entender solamente las donaciones que se efectuan a ciertas entidades, siendo estas casas, oficinas, o demas... sino que debemos incluir todo lo que se le regale a uno de los miembros de la sociedad conyugal para su solo uso y goce... por ejemplo la remera que le regalaron para el cumpleaños, no asi los regalos de casamiento ya que estos fueron dados para el disfrute de ambos y no de uno solo... en el caso de la compra de un inmueble estando ya casados, existe la posibilidad de que ese bien solo sea de uno, por ejemplo si la plata con la que se compra ese bien, proviene de un acto anterior a la consumacion del matrimonio, aunque sea recibida despues de consumado, el bien en cuestion quedaria fuera de lo que es la esfera ganancial...
Dentro del matrimonio debemos distinguir 4 patrimonios... los bienes propios de él, los bienes propios de ella, los bienes gananciales bajo administracionde él, y los bienes gananciales bajo administracion de ella... solo estos dos ultimos entraria en la division de bienes
2007-01-22 05:35:12
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answer #4
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answered by Marcelo C 1
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En Mexico,existen dos tipos de formas de contraer nupcias,la de Sociedad Conyugal,y la de Separaciòn de Bienes,en la primera,todos los bienes pertenecen a los conyuges por igual,50% y 50%.Inmuebles,el menaje de casa muebles etc,se supone que son de uso del matrimonio,y al disolverse este,debe existir un convenio sobre la reparticiòn de los bienes,màs siempre se dejan a la mujer;en el segundo los bienes pertenecen a quien los adquirio,ysi es el bien adquirido por herencia,pertenece a quien lo heredo.
2007-01-22 04:08:37
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answer #5
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answered by gansito 2
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Tendrías que leer el art. 1277 y concordantes del código civil.
En lo que hace a los bienes muebles como electrodomésticos, el art. 2412 presume la posesión legal de los mismos, salvo que sean robadas o perdidas.
Claro que el diálogo siempre será más fructífero que un litigio. Aparte en cuestiones patrimoniales, siempre hay que pasar por una mediación previa.
Tanto los frutos del trabajo, como los de bienes propios, por ejemplo si tu marido es dueño de un departamento de soltero, son gananciales. El sueldo de tu marido, es ganancial, como así tambien el tuyo. En una sociedad conyugal se supone que ambos integrantes contribuyen con su trabajo para la misma.
Es cierto que en algunas escrituras se establece el carácter propio de un bien inmueble, de todas maneras, sus frutos repito, son gananciales, y si ese inmueble es el asiento del hogar conyugal y existen hijos menores o incapaces, la cónyuge para disponer del mismo, deberá otorgar consentimiento conyugal.
En la vocación hereditaria, el cónyuge supérstite es heredero forzoso y hereda como si fuera un hijo más respecto de los bienes propios, en los gananciales no hereda, sólo se divide la sociedad conyugal, y el 50% del bien pasará a ser bien propio del cónyuge supérstite.(arts. 3575, 3576 código civil)
Como en la otra pregunta que hiciste, te recomiendo que leas un poco el código civil, que te va esclarecer un montón de cosas, aparte el derecho vigente por una norma legal se supone conocido por todos los ciudadanos, es decir que no podés alegar en ningún juicio desconocimiento de la ley vigente.
Si te interesa la casuística de los casos judiciales, en la pagina de la corte suprema de la pcia tenes un buscador de jurisprudencia bastante piola, lo encontras en la sección servicios.
2007-01-22 04:06:03
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answer #6
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answered by Patroclo 6
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Son bienes ganaciales
Los obtenidos por el trabajo o la industria de cualquiera de los cónyuges (salarios, pagas, trienios, indemnizaciones por despidos, indemnizaciones de la seguridad social,etc.)
Los frutos, rentas e intereses que produzcan tanto los bienes privativos como los gananciales
Si uno de los cónyuges es propietario privativamente de un derecho de crédito (por ejemplo por un préstamo que hizo y que va cobrando por meses), y recibe poco a poco los pagos, no serán ganaciales esas cantidades, sino privativas. Los intereses de ese préstamo si serán gananciales
El derecho de usufructo o de pensión, perteneciente a uno de los cónyuges, formarán parte de sus bienes propios. Pero los frutos, pensiones o intereses devengados durante el matrimonio serán gananciales
Los bienes donados conjuntamente a ambos conyuges, siempre que ambos acepten
Los bienes adquiridos con fondos comunes
Las empresas y establecimientos fundadas durante la sociedad con fondos comunes
Los bienes adquiridos por un derecho de retracto de carácter ganancial, aún cuando lo fueran con fondos privativos, en cuyo caso la sociedad será deudora del cónyuge por el valor satisfecho
Todos aquellos bienes que por pacto expreso de las partes, así determinen
Cuando uno de los conyuges compre un bien con precio aplazado durante al sociedad de gananciales, si el primer plazo lo pagó con dinero común, será ganancial, y si lo pagó con dinero privativo, será privativo (sin perjuicio de los derechos de reembolso posteriores)
Las mejoras hechas en bienes gananciales o privativas serán privativas si se realizó con dinero privativo y ganancial si se realizó con dinero ganancial (sin perjuicio de los derechos de reembolso posteriores)
2007-01-21 16:09:59
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answer #7
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answered by Skywalker 2
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depende bajo el regimen matrimonial con el que se casaron.
en el regimen de separacion de bienes, cada quien aporta algo, y cada cosa que compren o aporten a la sociedad conyugal seguira siendo suya, nada mas. en caso de divorcio cada quien se lleva lo que aporto.
en el caso de los bienes mancomunados las cosas se dividen a la mitad de las cosas que aportaron desde el momento de casarse.
2007-01-21 14:46:56
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answer #8
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answered by mmmarc0 3
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creo que últimamente el oseo te esta afectando
2007-01-21 15:30:50
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answer #9
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answered by Anonymous
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