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hola yo trabaje 6 meses en el 2005 en mallorca 3 meses y medio en lanzarote en el 2006 y en el verano 2006 en mallorca ota vez puedo cobrar el paro?

2007-01-15 05:01:20 · 10 respuestas · pregunta de erika 2 en Política y gobierno Gobierno

10 respuestas

si no me equivoco el minimo para cobrar el paro es de tres años cotizando a la seguridad social
es decir 36 meses

si lo cumples si podras cobrarlo si no... deberas segir sumando meses.


salu2

2007-01-15 05:11:42 · answer #1 · answered by FER 5 · 0 0

DILE AL SINDICATO QUE TE INFORME ""

2007-01-19 04:57:29 · answer #2 · answered by Anonymous · 0 0

Puedes cobrar el paro a partir de seis meses trabajados, por supuesto, si has cotizado tú ó la empresa donde trabajaste. Si ha sido en varias, los meses de cotización se unen

2007-01-15 22:14:17 · answer #3 · answered by Anonymous · 0 0

Hola hostelera, el tiempo se acumula a tu favor. Mientras te despidas de forma voluntaria no lograras conseguir el subsidio.

Un año cotizado te da derecho a 4 meses de subsidio. El tiempo es acumulable por lo que nunca pierdes tu derecho, pero para cobrarlo deberas obtener un contrato a plazo en el que la baja o el despido te otorgue el derecho a percibirlo.

Enrique P.

2007-01-15 11:41:38 · answer #4 · answered by LEPASA 7 · 0 0

mira el paro se solicita 15 dias dias despues de que se acaba el contrato y para cobrar el paro debes de contar por lo minimo con 18 meses cotizados para ello otra cosa es la ayuda familiar pero la deves de pedir luego que acabes de cobrar el paro para mas informacion dirigete al sindicato de ccoo y ellos te orientaran mucho mejor

2007-01-15 05:55:00 · answer #5 · answered by Jose F 4 · 0 0

Depende de cuántos meses tengas acumulados,no sé cuánto es el mínimo ahora,y de cómo dejaste el último trabajo,si te cumplió el contrato o te echaron sí que lo puedes cobrar,si te fuiste antes de que te cumpliera el contrato creo que no.
Ve al INEM e infórmate
Un saludo

2007-01-15 05:14:31 · answer #6 · answered by sofí 5 · 0 0

creo que para echar el paro, tenias que haberlo echado 15 dias despues de tu último trabajo, Si no, no hay nada que hacer. De todas formas informate bien en el INEM. A lo mejor estoy ekivocada.

2007-01-15 05:11:12 · answer #7 · answered by inmilla_gr 4 · 0 0

PERO CUAL PARO

2007-01-15 05:07:56 · answer #8 · answered by Anonymous · 0 1

depende de que paro me hablas?
el de el jefe?.o............................

2007-01-15 05:05:04 · answer #9 · answered by Anonymous · 0 1

La prestación por desempleo de nivel contributivo, popularmente conocida como el cobro del paro, es una prestación económica que tiene la finalidad de proteger a los trabajadores que pierden su empleo por causas ajenas a su voluntad.

Se pueden beneficiar de ella personas que hayan perdido el empleo de forma definitiva, a causa de un despido o al finalizar un contrato temporal.

También tienen derecho a esta prestación:
- Quienes pierdan el empleo de forma temporal.
- Quienes vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo, al menos en una tercera parte, con la correspondiente reducción proporcional del salario.

La pérdida temporal de empleo y la reducción temporal de jornada se producen cuando una empresa presenta un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), en la mayoría de casos a causa de una fuerte caída de la producción.

Además de perder el empleo de forma definitiva o temporal, para tener derecho a la prestación por desempleo hay que cumplir otros requisitos. Son éstos:

- Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.

- Encontrarse en situación legal de desempleo y acreditar disponibilidad para buscar trabajo activamente y para aceptar una colocación adecuada.

- Haber cotizado a la Seguridad Social durante un período de al menos doce meses. No es necesario haber trabajado doce meses seguidos, sino doce meses en total durante los seis años anteriores al momento de perder el empleo.

- No haber cumplido la edad que da derecho a la pensión de jubilación.

Hay que dirigirse a la oficina de empleo que corresponda, que viene determinada por el distrito postal del pueblo o ciudad donde vive la persona. Para saber qué oficina nos corresponde podemos llamar a la Consejería de Empleo de nuestra comunidad autónoma y solicitar información.

Conviene pasar por la oficina lo antes posible, ya que los trámites para cobrar la prestación deben realizarse durante los 15 días hábiles posteriores al despido o a la finalización del contrato.

Es mejor no esperar al último momento porque en algunos casos pueden ser necesarios varios días para conseguir todos los documentos que nos piden.

2007-01-15 05:13:06 · answer #10 · answered by ❀Ikebana❀ 6 · 0 2

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