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el inquilino no paga el alquiler,se le vencio el contrato y no se quiere ir

2007-01-05 08:13:23 · 12 respuestas · pregunta de Analiotte 1 en Política y gobierno Leyes y Ética

12 respuestas

!NO¡ por que aunque no exisitiera un contrato de arrendamiento civilmente se entiende que hubo un acuerdo de voluntades que permitió que se llevara a cabo la renta del inmueble.
Por ese simple motivo el inquilino tiene la posesión del inmueble, con consentimiento tuyo, sin que mediara violencia ni coacción, así que si tu vas y cambias las cerraduras puedes meterte en serios problemas.
Lo más recomendable es como alguien más te comenta, acude a buscar un abogado que entable Juicio de Desahucio para que saquen legalmente a esta persona del inmueble.
Es más tardado pero no te metes en problemas.
Saludos

2007-01-06 05:01:47 · answer #1 · answered by Maria 7 · 0 0

si no querés iniciar el juicio de desalojo tenés la opción de entrar a la casa, sacar todas sus cosas a la calle y cambiar la cerradura, te conviene hacer un Acta de Constatación con un notario para que quede registrado en el Acta que el contraro está vencido, que no quiere irse y que no paga alquiler alguno y que el contrato vencido no fue prorrogado.... por si el loco te hace algún tipo de denuncia por eso.
De lo contrario tendrás que iniciar un juicio de desalojo el que puede llegar a durar entre 1 o 2 años y en los que tendrás gastos de justicia y honorarios de abogados.
Saludos!

2007-01-05 08:20:41 · answer #2 · answered by (¯`·._.·[ £µ£ú ]·._.·´¯) 6 · 2 0

Tienes que hacer un juicio de desalojo, es la justicia quien procede al lanzamiento.

2007-01-05 08:22:15 · answer #3 · answered by Sonia 7 · 1 0

siii tenés que ver qué cube el contrato! pero si están hace dos semanas, me parece que el propietario es el que tiene que pagar, a no ser que ustedes le hayan puesto dinamita o algo por el estilo para romperla jej- y si ya lo pagaste vos, arreglá para que te lo descuente del alquiler. saludos

2016-12-19 09:33:27 · answer #4 · answered by Anonymous · 0 0

siii tenés que ver qué cube el contrato! pero si están hace dos semanas, me parece que el propietario es el que tiene que pagar, a no ser que ustedes le hayan puesto dinamita o algo por el estilo para romperla jej- y si ya lo pagaste vos, arreglá para que te lo descuente del alquiler. saludos

2016-12-16 03:05:25 · answer #5 · answered by Anonymous · 0 0

SI TENGO UN CONTRATO, Y SE VENCEL EL 13 DE JUNIO DEL ACTUAL, PERO YO NO QUIERO DEMANDAR?

2014-05-22 07:42:06 · answer #6 · answered by ROSALINDA 1 · 0 0

De HECHO: Sí puede

De DERECHO: No debe.

Lo correcto es iniciar un juicio de DESAHUCIO, aunque el contrato haya rescindido, pues de cambiar de cerradura se incurriría en responsabilidades por parte del arrendatario.

Lo más indicado, como ya lo mencione, es iniciar un JUICIO SUMARIO DE DESAHUCIO y en la demanda inicial pedir al Juez que el demandada sea condenado, además de abandonar el inmueble, al pago de los daños y perjuicios que se ocasionan con su residencia en el lugar, así como al pago de las rentas vencidas y las que se ocasionarán durante el tiempo que dure el juicio.

Sugiero buscar asesoría legal.

SALUDOS

2007-01-05 11:09:14 · answer #7 · answered by Cuasi Licenciada 6 · 0 0

No puede cambiar la cerradura, porque eso implicaría "un allanamiento ilegal", lo que se tiene que hacer es un juicio de desalojo por vencimiento de contrato y falta de pago.- No queda otra solución, salvo que acuerden entre el inquilino y el propietario una fecha para que el inquilino se retire, tendrían que firmar un acuerdo ante escribano público para darle validez a la fecha, en caso de incumplimiento a lo acordado el documento firmado sirve como prueba. Saludos

2007-01-05 08:49:04 · answer #8 · answered by lacarmen 6 · 0 0

Claro que puedes hacerlo, pero con la consecuente responsabilidad civil que puedes contraer con esa acción no es aconsejable que lo hagas. Si el contrato no contempla la apertura de la casa por un Notario u otra autoridad no puedes usar los servicios del mismo. Lo aconsejable es demandar a tu inquilino via tribunal por falta de pago, donde además podrás solicitar el desalojo de la vivienda. Si no lo hace de esa manera el inquilino podra demandarte a ti y como se dice la paloma le tirara a la escopeta. Al menos te hablo como si estuvieras en mi país, República Dominicana. Suerte

2007-01-05 08:28:31 · answer #9 · answered by ELSOBERANO 2 · 0 0

Necesitas demandarlo, si cambias las cerraduras o sacas sus cosas podría acusarte de robo o despojo.
Ojala tengas un contrato para respaldarte . ( México )

2007-01-05 08:22:34 · answer #10 · answered by Mas Sabe el Diablo por viejo que 7 · 0 0

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