CONTRATO DE OBRA PÃBLICA A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÃA DE ECONOMÃA, REPRESENTADA POR SU OFICIAL MAYOR ING. OSCAR JAVIER TORRE GÃMEZ Y POR LA OTRA PARTE, (Empresa, S.A. DE C.V. o Persona fÃsica), REPRESENTADA POR EL C. (Apoderado Legal) EN SU CARÃCTER DE APODERADO LEGAL, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÃ “LA SECRETARÃA” Y “EL CONTRATISTA”, RESPECTIVAMENTE, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÃUSULAS.
DECLARACIONES
I. DE “LA SECRETARÃA”:
I.1.- Que es una Dependencia del Poder Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto por en los artÃculos 2º, fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuya competencia y atribuciones se señalan en el artÃculo 34 del mismo ordenamiento.
I.2.- Conforme a lo dispuesto en el artÃculo 10 fracción XXII del Reglamento Interior de “LA SECRETARÃA”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el dÃa 22 de noviembre del 2002, el Oficial Mayor es el Servidor Público que tiene conferidas las facultades legales para celebrar el presente contrato.
I.3.- De conformidad con los artÃculo 36, del Reglamento Interior de esta SecretarÃa, 27 fracción I de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, asà como el Apartado IX. I. 166 de las PolÃticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, el Lic. Jorge Luis Garza de la Fuente, Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales, en coadyuvancia con el Arq. Jesús Acosta RodrÃguez, Director de Administración de Inmuebles y Obra Pública, son los servidores públicos responsables de los trabajos contratados y obligaciones que se deriven del objeto del presente contrato. Asimismo manifiestan que la adjudicación de que se trata se realizó observando los criterios de economÃa, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguran las mejores condiciones para “LA SECRETARÃA”.
I.4.- Que para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato, la SecretarÃa de Hacienda y Crédito Público autorizó la inversión correspondiente a la obra objeto de este contrato, según consta en el oficio número (Número de oficio de liberación) de fecha (dÃa) de (mes) del (año).
I.5.- Que cuenta con recursos financieros necesarios para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato para el ejercicio fiscal (año), como lo acredita con la asignación presupuestal número (0000), de fecha (dÃa) de (mes) del (año), emitida por la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto.
I.6.- Que requiere llevar a cabo los trabajos de “(Concepto de los trabajos a realizar según oficio de liberación)” en el inmueble, ubicado en (Calle) No. (número exterior e interior), Col. (Colonia), Del. (Delegación), Código Postal (Número), en Ciudad.
I.7.- Que la adjudicación del presente contrato se realizó mediante el procedimiento de Licitación Pública Nacional No. 00010053-001-05, conforme a lo establecido en los artÃculos 24; 26 fracción I; 27 fracción I; de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
I.8.- Que para los efectos procedentes establece como su domicilio el inmueble marcado con el número 30 de la calle de Alfonso Reyes, Col. Hipódromo Condesa, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06140, en México, Distrito Federal, mismo que señala para los fines y efectos legales de este contrato.
I.9.- Que para los efectos fiscales, las autoridades hacendarias le han asignado el registro federal de contribuyentes N° SEC-830101 9V9.
II. DE “EL CONTRATISTA”:
II.1.- Que acredita la legal existencia de su sociedad conforme a la legislación mexicana con el Testimonio de la Escritura Pública número (número), pasada ante la fé de Notario Público número (número), del Distrito Federal, Licenciado (Nombre y apellidos), de fecha (dÃa) de (mes) del (año), inscrita en el Registro Público de Comercio número (número), cuyo objeto social comprende (Objeto social).
II.2.- Que el (Apoderado Legal), acredita su personalidad como su apoderado legal de “EL CONTRATISTA” mediante el testimonio de la Escritura Pública número (número), pasada ante la fe de Notario Público número (número), del Distrito Federal, Licenciado (Nombre y apellidos), de fecha (dÃa) de (mes) del (año), inscrita en el Registro Público de Comercio número (número), misma que bajo protesta de decir verdad no le ha sido limitada ni revocada en forma alguna.
II.3.- Que para efectos fiscales, la SecretarÃa de Hacienda y Crédito Público le asignó el Registro Federal de Contribuyentes número (Registro Federal de Contribuyentes).)
II.4.- Que tiene capacidad jurÃdica para contratar y obligarse a la ejecución de los trabajos objeto de este contrato; que dispone de la organización y los elementos para ello y que para el cumplimiento y ejecución cuenta con los recursos técnicos y económicos necesarios, asà como con el personal con la experiencia y la capacidad requerida para la realización de los trabajos.
II.5.- Que conoce y previamente inspeccionó las áreas, ubicación e instalaciones en las que se llevarán a cabo los trabajos del presente contrato, a fin de considerar todos los factores de carácter legal, técnico, económico, financiero, administrativo y climatológico que intervienen en su ejecución.
II.6.- Que bajo protesta de decir verdad, manifiesta estar al corriente en los pagos que se derivan de sus obligaciones fiscales, asà como de las cuotas obrero: patronales ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
II.7.- Que conoce y se obliga plenamente a cumplir el contenido y los requisitos que establece la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas y en lo que resulte aplicable a su Reglamento, las Reglas Generales para la Contratación y Ejecución de Obras Públicas para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, las Normas de Construcción vigentes de aplicación supletoria y el contenido de las Bases que a continuación se relacionan.
ASPECTOS TÃCNICOS:
1) (Aspectos Técnicos).
2) (Aspectos Técnicos)
3) (Aspectos Técnicos)…
ASPECTOS ECONÃMICOS:
4) (Aspectos Económicos).
5) (Aspectos Económicos).
6) (Aspectos Económicos)…
II.8.- Que bajo protesta de decir verdad, declara no encontrarse en alguno de los supuestos que señala el artÃculo 51 de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas.
II.9.- Que para los efectos legales procedentes, señala como su domicilio el inmueble ubicado en (Calle), No. (Número), Col. (Colonia), Del. (Delegación), Código Postal (número), en Ciudad.
III. DECLARAN LAS PARTES:
III.1.- Que para el objeto de ejecución de los trabajos, ambas partes acuerdan nombrar a sus representantes, a quienes deberán dirigirse para los fines conducentes. Para tal efecto, “EL CONTRATISTA” proporcionará a “LA SECRETARÃA” el curriculum de la persona que designe como su representante, reservándose “LA SECRETARÃA” el derecho de aceptarlo o rechazarlo. Ambos representantes tendrán el poder suficiente para intervenir en situaciones que puedan tener efecto sobre los trabajos, mismas que serán asentadas en la bitácora correspondiente.
III.2.- Que reconocen mutuamente la personalidad con que comparecen, asà como la responsabilidad jurÃdica de las personas fÃsicas y/o morales que intervienen en este contrato y que en virtud del mismo, se comprometen al cumplimiento de sus obligaciones, para cuyo efecto cuentan con amplias y suficientes facultades, por lo que de común acuerdo se obligan de conformidad con las siguientes:
CLÃUSULAS
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.- “LA SECRETARIA” encomienda a “EL CONTRATISTA” la realización de una obra consistente en: “(Concepto de los trabajos a realizar según oficio de liberación)” en el inmueble, ubicado en (Calle), No. (Número), Col. (Colonia), Del. (Delegación), Código Postal (número), en (Ciudad).
SEGUNDA.- PROGRAMA DE TRABAJO PROPUESTO POR EL LICITANTE DE ACUERDO A LOS ALCANCES.
UBICACIÃN DE LOS TRABAJOS
Edificio Ubicación
Inmueble Dirección
TERCERA.- VIGENCIA DEL CONTRATO.- La vigencia del presente contrato será: Inicio (dÃa) de (mes), Terminación (dÃa) de (mes) del (año), total de dÃas naturales
CUARTA.- MONTO DEL CONTRATO.- “LA SECRETARÃA” pagará a “EL CONTRATISTA” como importe por los trabajos objeto del presente contrato lo siguiente:
La cantidad de $ (Con número) ( ---Con letra --- 00/100 M.N.), más $ (Con número) ( ---Con letra --- 00/100 M.N.), del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), lo que arroja un monto total de $ (Con número) ( ---Con letra --- 00/100 M.N.).
QUINTA.- PAGO INTERBANCARIO.- El pago a que se refiere la cláusula anterior, se realizará a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF), por medio de pago interbancario a la cuenta de “EL CONTRATISTA” número (0000000000), CLABE (000 000 000000000000), sucursal (nombre) plaza 000, del Banco (Nombre), S.A.
SEXTA.- FORMA, PLAZO Y LUGAR DE PAGO DE LAS ESTIMACIONES.- Las partes convienen en que los trabajos objeto del presente contrato serán cubiertos por “LA SECRETARÃA” previa formulación de las estimaciones de pago respectivas, que serán presentadas por “EL CONTRATISTA” a la residencia, al término del perÃodo que corresponda a la ejecución de los conceptos conforme al Programa de Erogaciones descrito en la Cláusula Segunda del presente contrato, para la aprobación de las facturas correspondientes.
Las estimaciones de pago deberán ir acompañadas de la documentación que acredite la procedencia de su pago, la residencia de los trabajos contará con un plazo de 15 (quince) dÃas naturales siguientes a su presentación para realizar la revisión y autorización de las estimaciones, asà como de la factura; La factura o facturas, serán presentadas por “EL CONTRATISTA” a la residencia de los trabajos dentro de los seis dÃas naturales siguientes a la fecha de corte para el pago de las mismas, para su aprobación. Cuando las estimaciones no se presenten en el término antes señalado se incorporarán a la siguiente estimación para que “LA SECRETARIA” inicie su trámite de pago.
Las facturas por estimaciones de trabajos ejecutados, se pagarán dentro de un plazo no mayor a 20 (veinte) dÃas naturales, contados a partir de la fecha en que hayan sido autorizados por la residencia, misma que se hará constar en la bitácora y en las propias estimaciones.
El lugar en donde se efectuará el pago de las facturas, es en Alfonso Reyes número 30, piso 2, Colonia Hipódromo Condesa, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06140 en México, Distrito Federal.
El pago correspondiente a los trabajos realizados durante el mes de noviembre, los cuales sean facturados durante el mes de diciembre del presente ejercicio fiscal, se pagarán según lo efectivamente devengado, conforme a las normas presupuestarias correspondientes mediante el sistema de pago de Adeudos Fiscales Anteriores (ADEFAS) y lo dispuesto por la Dirección General de Programación Organización y Presupuesto de “LA SECRETARÃA”.
SÃPTIMA.- ANTICIPOS.- “LA SECRETARÃA” no entregará anticipos de inicio o compra de materiales.
OCTAVA.- GARANTÃA DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.- Para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del presente contrato, “EL CONTRATISTA” se obliga a otorgar una póliza de fianza a favor de la TesorerÃa de la Federación, por un monto que será igual al 10% (diez por ciento) del importe total del contrato, conforme a los términos y procedimientos previstos en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, la fianza deberá de presentarse dentro de los 15 (quince) dÃas naturales siguientes a la fecha en que “El CONTRATISTA” reciba la notificación del fallo de adjudicación.
NOVENA.- RESPONSABILIDAD CIVIL “EL CONTRATISTA” deberá adquirir una póliza de responsabilidad civil, o un seguro de daños a terceros, por los daños o perjuicios que sus empleados pudieran causar durante la vigencia del presente contrato, a los servidores públicos y a los visitantes en las instalaciones, asà como a bienes muebles o inmuebles de “LA SECRETARÃA”, por un monto igual al de su propuesta sin IVA. Si los daños o perjuicios exceden ese importe, “EL CONTRATISTA” responderá por ellos en su totalidad.
DÃCIMA.- FORMA, PLAZO Y LUGAR DE PAGO DE LOS AJUSTES DE COSTOS.- Cuando concurran circunstancias de orden económico no previstas en este contrato, pero que de hecho y sin dolo, culpa, negligencia o ineptitud de cualquiera de las partes, determinen un aumento o reducción de los costos de los trabajos aun no ejecutados conforme al programa pactado, “EL CONTRATISTA” podrá solicitar por escrito a “LA SECRETARÃA” el ajuste de costos, proporcionando los elementos justificativos de su dicho.
En su caso, el pago de los ajustes de costos se realizará en Alfonso Reyes número 30, piso 2, Colonia Condesa, México, Distrito Federal. El ajuste de costos que corresponda a los trabajos ejecutados conforme a las estimaciones correspondientes deberá cubrirse por “LA SECRETARÃA” a más tardar dentro de los 15 (quince) dÃas naturales siguientes a la fecha en que ésta resuelva por escrito el aumento o reducción respectivo, previa entrega de la factura correspondiente.
El ajuste de costos se realizará mediante los procedimientos señalados en los artÃculos 33 fracción XX, 57 y 58 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 105, 106 asà como lo dispuesto en el CAPÃTULO QUINTO, “El Ajuste de Costos” Sección I, de su Reglamento.
DÃCIMA PRIMERA - DE LOS PAGOS.- En caso de incumplimiento en los pagos de las facturas que amparan las estimaciones y/o ajuste de costos, “LA SECRETARÃA”, a solicitud de “EL CONTRATISTA”, deberá pagar gastos financieros conforme al procedimiento establecido en el Código Fiscal de la Federación, como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades no pagadas por dÃas naturales, desde que se venció el plazo hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “EL CONTRATISTA”.
Tratándose de pagos en exceso que haya recibido “EL CONTRATISTA”, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a lo señalado en el párrafo anterior. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por dÃas naturales, desde la fecha del pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de, “LA SECRETARÃA”
DÃCIMA SEGUNDA.- PENAS CONVENCIONALES.- “LA SECRETARÃA”, tendrá la facultad de verificar si los trabajos objeto de este contrato se están ejecutando por “EL CONTRATISTA” de conformidad con el programa aprobado, para lo cual “LA SECRETARÃA” comparará periódicamente el avance real de los trabajos, con respecto a la que debió realizarse en los términos de dicho programa.
Si como consecuencia de la comparación a que se refiere el párrafo anterior, el avance de los trabajos es menor de lo que debió realizarse, “LA SECRETARÃA”, procederá a efectuar una retención del 0.5% (punto cinco por ciento), de la diferencia que resulte de comparar el importe programado contra el importe realizado, multiplicado por el número de dÃas de atraso, monto que será deducido de los pagos que se efectúen a “EL CONTRATISTA”. Por lo tanto, quincenalmente se hará la retención que corresponda. En caso de que “EL CONTRATISTA” cumpla con el programa pactado, se hará la devolución respectiva, a fin de que la retención total sea la indicada.
Sà de acuerdo con lo estipulado anteriormente, al efectuarse la comparación correspondiente al último dÃa del programa de trabajo pactado procede hacer alguna retención, el monto que resulte se aplicará en beneficio de, “LA SECRETARÃA” a tÃtulo de pena convencional por el simple retardo en el cumplimiento de las obligaciones a cargo de “EL CONTRATISTA”.
Sà transcurrido el plazo de ejecución de los trabajos “EL CONTRATISTA” no concluye éstos por causas imputables al mismo, pagará a “LA SECRETARÃA” una penalización diaria del 0.5% (punto cinco por ciento), del monto de los trabajos pendientes de ejecutar por cada dÃa de retraso en que incurra, a partir de la fecha de terminación establecida en el presente contrato. La pena convencional establecida en el párrafo anterior, en ningún caso podrá exceder del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato. Sà por causas injustificadas, los trabajos objeto de este contrato no se entregan en el plazo convenido según el programa de trabajo pactado, todo gasto que “LA SECRETARÃA” efectúe por supervisión excedente y servicios de apoyo a los trabajos, serán con cargo a “EL CONTRATISTA”. El importe de esto será deducido de los pagos que “LA SECRETARÃA” deba hacer a “EL CONTRATISTA”.
Independientemente del pago, el importe de éste será pagado a “LA SECRETARÃA” mediante cheque a favor de la TesorerÃa de la Federación por parte de “EL CONTRATISTA”, de las penas convencionales señaladas en los párrafos anteriores, “LA SECRETARÃA” podrá exigir el cumplimiento del contrato. Para determinar las retenciones y en su caso la aplicación de las sanciones estipuladas, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable a “EL CONTRATISTA”.
DÃCIMA TERCERA.- RESCISIÃN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.- “LA SECRETARIA" podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presente contrato, por el simple incumplimiento a cualquiera de las obligaciones pactadas a cargo de “EL CONTRATISTA”.
La rescisión procederá también, por la contravención por parte de “EL CONTRATISTA” a las disposiciones, bases, lineamientos, procedimientos y requisitos que establece la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y demás disposiciones administrativas sobre la materia.
En caso de rescisión del contrato por causas imputables a “EL CONTRATISTA”, “LA SECRETARÃA” procederá a hacer efectiva la fianza otorgada para garantizar el cumplimiento del mismo, aplicará las penas convencionales conforme a lo estipulado en el presente contrato y se abstendrá de cubrir los importes resultantes de los trabajos ejecutados aún no liquidados hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, lo que deberá efectuarse dentro de los 30 (treinta) dÃas naturales siguientes a la fecha de notificación de la rescisión.
DÃCIMA CUARTA.- PROCEDIMIENTO DE RESCISIÃN.- Sà “LA SECRETARÃA" considera que “EL CONTRATISTA” ha incurrido en alguna de las causas de rescisión que se consignan en los párrafos precedentes, lo comunicará por escrito a “EL CONTRATISTA” para que en un término de 15 (quince) dÃas hábiles exponga al respecto lo que a su derecho convenga y aporte en su caso, las pruebas que estime pertinentes. Si transcurrido dicho plazo “EL CONTRATISTA” no manifiesta nada en su defensa o si después de analizar las razones aducidas por éste “LA SECRETARÃA” estima que las mismas no son satisfactorias, dictará fundada y motivadamente la resolución que proceda, la que será comunicada a “EL CONTRATISTA” dentro de los 15 (quince) dÃas hábiles siguientes a la fecha en que el mismo haya manifestado ante “LA SECRETARÃA” lo que a su derecho e intereses convenga, respecto de la notificación de rescisión del contrato, señalada anteriormente.
DÃCIMA QUINTA.- SUSPENSIÃN TEMPORAL DEL CONTRATO.- “LA SECRETARÃA” podrá en cualquier momento, suspender temporalmente en todo o en parte los trabajos contratados por cualquier causa justificada. Para efectos de lo anterior, se ajustará a lo dispuesto en la fracción I del artÃculo 62 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Cuando por caso fortuito o fuerza mayor sea imposible la continuación de los trabajos, “EL CONTRATISTA” podrá optar por no ejecutarlos, en cuyo caso, se atenderá a lo dispuesto en la fracción IV del artÃculo 62 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. En caso de suspensión temporal, el presente contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales, una vez que hayan desaparecido las causas que la motivaron.
DÃCIMA SÃXTA.- TERMINACIÃN ANTICIPADA DEL CONTRATO POR CAUSAS DE INTERÃS GENERAL. - Cuando concurran razones de interés general, o existan causas justificadas que le impidan la continuación de los trabajos “LA SECRETARÃA” podrá dar por concluido en cualquier tiempo el presente contrato, en cuyo caso lo notificará por escrito a “EL CONTRATISTA” con 30 (treinta) dÃas naturales de anticipación y se procederá a efectuar lo estipulado en el artÃculo 62 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
DÃCIMA SÃPTIMA.- RESPONSABILIDADES DE “EL CONTRATISTA”.- “EL CONTRATISTA” se obliga a que los servicios materia de contratación cumplirán con las normas de calidad establecidas y que la realización de todas y cada una de las partes de dichos trabajos se efectuarán a entera satisfacción de “LA SECRETARÃA”, asà como a responder por su cuenta y riesgo de los defectos y vicios ocultos de los mismos y de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se lleguen a causar a “LA SECRETARÃA” o a terceros.
Para garantizar durante un plazo de 12 (doce) meses el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, previamente a la recepción de los trabajos “EL CONTRATISTA” constituirá fianza por el 10% del monto total ejercido de los trabajos, o podrá optar por cualquiera de los supuestos que señala el artÃculo 66 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
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2006-12-27 18:26:16
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answer #2
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answered by joieski 7
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