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6 respuestas

nop, al ser comisionista libre y no eres empleado de la empresa, no creas antiguedad.
si estuvieses dado d elata en la empresa como agente, y renunciases, tampoco tienes derecho a nada solo a lo que refiere sueldo, aguinaldo, ahorro y si llevas mas de 7 años trabajando hay una prima de antiguedad, pero eso depende de tu dpto. de Recursos humanos el dartelo o no, al renunciar, se supone renuncias a todo derecho solo a lo que te dije no.
si es despido, ahi cambia la cosa, tienes derecho a tres meses de indemnizacion, si llevas mas de 7 años , tienes derecho al pago de 12-14 dias por cada año laborado mas lo trabajado antes de tu baja y si se te suspendio sin darte finiquito ya puedes pelear salarios caidos. ¡suerte!

2006-12-06 12:25:13 · answer #1 · answered by yo mera 4 · 0 0

No, porque trabajas por comisiones y supongo que tienes un contrato que indica las prestaciones adicionales que pudieras tener o si el pago es solamente por la comisión. Sólamente que trabajes en un horario fijo en un lugar determinado y que no tengas contrato de trabajo, podrías pelear finiquito ya que el trabajo por comision u honorarios implica otro procedimiento laboral, y ante la ley (México) si cumples con un horario establecido en un lugar determinado por el patrón, podría considerarse que eres un empleado y tienes derecho a prestaciones y más si tienes un sueldo fijo adicional aunque sea poquito.

2006-12-06 20:23:20 · answer #2 · answered by AbogadaLina 4 · 1 0

ve a cociliacion y albitraje, o la la secretaria del trabajo, te dan asesoria gratuita.

2006-12-06 20:21:23 · answer #3 · answered by fulanito ciber 4 · 1 0

aunque lo duden, hay una relación de trabajo, y hay un superior jerarquico, así que si procede una indemnización y será conforme a la ley, espero te puedas poner en contacto a
alfredo_bmtz@yahoo.com
y con gusto espero ayudarte

2006-12-07 09:31:34 · answer #4 · answered by azulyoro 3 · 0 0

Según entiendo, si existe una relación de trabajo en base a un contrato mercantil, no tendrías derecho a indemnización. Pero puede darse la excepción que demuestres la subordinación hacía tu empleador o comitente y, asimismo, que él es tu primordial fuente de ingresos.

2006-12-06 20:19:20 · answer #5 · answered by Pelochas 2 · 0 0

el finiquito del tiempo trabajado.

2006-12-06 20:16:53 · answer #6 · answered by eldeseo 7 · 0 0

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