De conformidad con la fracción VII del artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, el próximo viernes 1o de diciembre se considera día de descanso obligatorio.
El principio general es que ese día no se labora, aunque si por necesidades de la empresa se requiere tu presencia, el patrón está obligado a pagarte un 200% más del sueldo correspondiente a ese día. Ojo, no se paga como horas extras sino como trabajo en día de descanso obligatorio.
A continuación el artículo citado, cuya reforma se publico el 17 de enero de 2006 en el Diario Oficial de la Federación:
Artículo 74. Son días de descanso obligatorio:
I. El 1o. de enero;
II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
IV. El 1o. de mayo;
V. El 16 de septiembre;
VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
VIII. El 25 de diciembre, y
IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
2006-11-29 04:47:32
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answer #1
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answered by El Lic 3
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Claro que si!!!!
Y que crees? en mi trabajo descanso los sábados, y a partir del domingo 3 salgo de vacaciones 10 días.
¡¡¡Qué suerte tengo!!!!
2006-11-29 22:35:21
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answer #2
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answered by Carlos R 3
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Si, cada pimero de diciembre de cada 6 anos, es dia oficial de descanso, por cambio de poder federal.
Que lo disfrutes !
2006-11-29 15:00:20
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answer #3
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answered by Red Cherry 2
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Si, es inhabil, tenemos toooodo el día para hacer bilis a consecuencia de lo que ocurra en nuestro ámbito político, mañana habrá para todos...... que lástima.
Suerte!
2006-11-29 12:55:46
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answer #4
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answered by Anonymous
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CLARO!!!
LEY DEL TRABAJO:
ARTICULO 74. SON DIAS DE DESCANSO OBLIGATORIO:
I. EL 1o. DE ENERO;
II. EL 5 DE FEBRERO;
III. EL 21 DE MARZO;
IV. EL 1o. DE MAYO;
V. EL 16 DE SEPTIEMBRE;
VI. EL 20 DE NOVIEMBRE;
VII. EL 1o. DE DICIEMBRE DE CADA SEIS AÑOS, CUANDO CORRESPONDA A LA TRASMISION DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL; Y
VIII. EL 25 DE DICIEMBRE.
IX. EL QUE DETERMINEN LAS LEYES FEDERALES Y LOCALES, ELECTORALES, EN EL CASO DE ELECCIONES ORDINARIAS, PARA EFECTUAR LA JORNADA ELECTORAL.
2006-11-29 12:52:11
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answer #5
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answered by Marc mexico 5
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Así es, es inhábil, de hueva que chido¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡
2006-11-29 12:51:07
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answer #6
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answered by OsItA sTrIpPeR y ViCkY 6
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supuestamente pero yo voy a trabajar
2006-11-29 12:51:02
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answer #7
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answered by big daddy 2
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descanso¡¡¡¡ al fin...
2006-11-29 12:48:23
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answer #8
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answered by koala 5
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ASI ES, ESTA ESTIPULADO EN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, QUE EL DIA 1 DE DICIEMBRE CADA 6 AÑOS, A LA TOMA DE PROTESTA DEL NUEVO PRESIDENTE, SERA ASUETO NACIONAL (DESCANSO OBLIGATORIO)
ASI QUE A DISFRUTAR, A COMPRAR LAS CHELAS Y LOS PAPAS FRITAS.
2006-11-29 12:47:52
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answer #9
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answered by Busco_Novio_Maduro 4
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claro que yes reynita, por k no aprovechamos y hacemos algo este dia juntos,no??????????
2006-11-29 12:47:23
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answer #10
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answered by Jesu 1
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