Saludos fariba........Aunque no tengas contrato, puedes demandarlos con un abogado que te cobrará el 20% aprox. de lo que recupere ó en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje de tu estado (que son Juntas Locales)..te envío un resumen y lugares en dónde puedes localizar una cerca......suerte.
1. ¿Qué es la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje?
Es un Tribunal con plena Jurisdicción, de composición tripartita, integrada por igual número de representantes de trabajadores y patrones y uno del gobierno, de conformidad con la fracción XX del artículo 123 constitucional Apartado "A", que tiene a su cargo la tramitación y resolución de los conflictos de trabajo que se susciten entre trabajadores y patrones, sólo entre aquéllos o sólo entre éstos, derivados de las relaciones de trabajo o de hechos íntimamente relacionados con ellas, y su competencia está determinada por la fracción XXXI del artículo 123 constitucional y por el artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo.
JUNTAS FORÁNEAS
1) Guadalajara, Jal. Junta No. 17.
2) Guadalajara, Jal. Junta No. 18
3) Guadalupe, N.L. Junta No. 19
4) Guadalupe, N.L. Junta No. 20
5) Merida, Yuc. Junta No. 21
6) Jalapa, Ver. Junta No. 22
7) Hermosillo, Son. Junta No. 23
8) Aguascalientes, Ags. Junta No. 24
9) Saltillo, Coah. Junta No. 25
10) Chihuahua, Chih. Junta No. 26
11) Durango, Dgo. Junta No. 27
12) Guanajuato, Gto. Junta No. 28
13) Toluca, Edo. de Mex. Junta No. 29
14) Morelia, Mich. Junta No. 30
15) Cuernavaca, Mor. Junta No. 31
16) Oaxaca, Oax. Junta No. 32
17) Puebla, Pue. Junta No. 33
18) San Luis Potosí, S.L.P. Junta No. 34
19) Culiacán, Sin. Junta No. 35
20) Villahermosa, Tab. Junta No. 36
21) Villahermosa, Tab. Junta No. 36bis
22) Cd. Victoria, Tamps. Junta No. 37
23) Coatzacoalcos, Ver. Junta No. 38
24) Tampico, Tamos. Junta No. 39
25) Ensenada, B.C. Junta No. 40
26) Torreon, Coah. Junta No. 42
27) Acapulco, Gro. Junta No. 43
28) Poza Rica, Ver. Junta No. 44
29) Veracruz, Ver. Junta No. 45
30) Tlaxcala, Tlax. Junta No. 46
31) Cananea, Son. Junta No. 47
32) Campeche, Camp. Junta No. 48
33) Tuxtla Gutiérrez, Chis. Junta No. 49
34) Querétaro, Qro. Junta No. 50
35) Pachuca, Hgo. Junta No. 51
36) Cd. del Carmen, Campeche. Junta No. 52
37) Zacatecas, Zac. Junta No. 53
38) Orizaba, Ver. Junta No. 54
39) Cd. Juárez, Chih. Junta No. 55
40) Cancún, Qroo. Junta No. 56
41) Colima, Col. Junta No. 57
42) La Paz, B.C.S. junta No. 58
43) Tijuana, B. C. Junta No. 59
44) Reynosa, Tamps. Junta No. 60
45) Tepic, Nay. Junta No. 61
3. ¿En qué oficina se presenta una demanda laboral ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje?
En la Oficialía de Partes común ubicada en Dr. Andrade No. 45, PB. Col, Doctores, o en la Oficialía de Partes de cada una de las Juntas Especiales (artículo 871 de la Ley Federal del Trabajo).
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4. ¿Los trámites para presentar una demanda tienen algún costo?
Los tramites que hace un trabajador ante la Junta para presentar su demanda ya sea personalmente o por su apoderado legal no tienen ningún costo, por lo que estos son totalmente gratuitos.
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5. ¿Se pueden expedir copias de algún documento que sea de mi interés, o de algún acuerdo de la Junta?
Sí, en caso acreditar su personalidad como una de las partes en conflicto, se le pueden expedir copias de los documentos que sean de su interés, así como de acuerdos de la Junta o documentos que le sean necesarios de forma gratuita, siempre y cuando sea alguna de las partes interesadas (Artículo 723 de la Ley Federal del Trabajo).
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6. ¿La Junta proporciona asesoría jurídica para tramitar una demanda?
No, la Junta no proporciona este tipo de servicio, ya que únicamente le corresponde el conocimiento y resolución de los conflictos de trabajo que se susciten entre trabajadores y patrones (Articulo 604 de la Ley Federal del Trabajo).
2006-11-16 13:38:56
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answer #1
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answered by juan charly 6
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